Trujillo: Caso de presunta negligencia médica salpica a juez superior
Trujillo: Caso de presunta negligencia médica salpica a juez superior

Una grave acusación en torno a una presunta negligencia médica ha provocado una queja y una denuncia, ante el Ministerio Público, contra un magistrado de la 

La imputación fue dirigida, en noviembre del año pasado, al letrado Manuel Federico Loyola Florián, en su condición de juez superior titular de la Sala Mixta Permanente y “director de debates”. Este último término se emplea para referirse al vocal ponente, quien tiene a cargo el caso.

Precisamente, dicho despacho judicial determinó, el 27 de octubre de 2016, “declarar nulo” el juicio oral sobre este controvertido caso, ello, a razón de la inhibición del referido juez Loyola Florián, dado que fue abogado de uno de los imputados durante el proceso que todavía es materia de juzgamiento.

LA DENUNCIA. La denuncia contra el juez Manuel Loyola Florián fue presentada por la ciudadana Ignacia Soledad Arriaga Caballero, quien precisó que el magistrado “no se apartó”, en su debido tiempo, del citado proceso judicial por las razones expuestas líneas antes.

Cabe mencionar que este caso gira en torno al supuesto “asesinato” de César Manuel Pérez Salcedo, esposo de Ignacia Arriaga y fallecido en mayo de 2011, hecho por el cual fueron acusados varios personajes, entre ellos, el médico Juan Eduardo Leiva Goicochea, quien justamente -en su momento- fue patrocinado de Loyola Florián.

LA TRAMITACIÓN. Cabe remarcar que la denuncia ante la Fiscalía contra el juez Manuel Loyola Florián por el presunto delito de “prohibición de conocer un proceso que patrocinó como abogado defensor de inculpado” fue presentada el 16 de noviembre de 2016.

Mientras que la queja ante la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) fue tramitada el 21 de noviembre de ese mismo año.

“NO FUI NOTIFICADO”. Tras conocer el caso, Correo visitó al magistrado Manuel Loyola Florián en el despacho judicial que ahora integra, vale decir, en la Primera Sala Especializada Laboral de la Corte liberteña.

El referido juez, según precisó, hasta la fecha no ha sido “notificado” formalmente respecto a la denuncia en su contra. Sin embargo, reconoció que, en efecto, sí fue abogado del imputado Juan Leiva Goicochea, pero explicó que no se había dado cuenta de ello hasta antes de la lectura de sentencia tras el juicio oral.

“El año 2009, es decir, antes del ejercicio funcional como juez, había participado como abogado de uno de los inculpados, circunstancia que yo no recordaba. Inmediatamente di cuenta de ello e hice lo que tenía que hacer, declarar la nulidad del juzgamiento, inhibirme y disponer que el caso sea visto por otro colega”, manifestó Loyola Florián.

EL TEMA. Ahora bien, cabe mencionar que este caso, según contó la propia señora Ignacia Arriaga, se remonta al 30 de mayo del 2001, fecha en que supuestamente fue “asesinado” su cónyuge César Pérez Salcedo.

Tras ese episodio, Arriaga entabla una denuncia por el delito de “homicido calificado” contra Juan Leiva Goicochea, quien durante ese tiempo se desempeñaba como médico en el hospital Víctor Lazarte de Trujillo; y contra otras personas que, en su mayoría, son familiares del fallecido Pérez Salcedo.

EL JUICIO. Se da cuenta que el juicio oral inicia el 21 de abril de 2016, dentro del cual se desarrolla “una serie de audiencias que implicaron la declaración de los procesados, las actuaciones periciales, declaración de los testigos, video conferencia de los peritos, alegatos, entre otros”.

Se remarca que el juicio oral culmina el 21 de octubre del año pasado -seis meses después-, por lo que se programó la “lectura de sentencia” para el 2 de noviembre de ese mismo año.

SE APARTA. Una vez establecido los plazos para que se dicte sentencia sobre este controvertido caso, días antes de la lectura misma, para ser exactos, el 27 de noviembre de 2016, el juez Manuel Loyola Florián, quien además era “director de debates” de la Sala Mixta Permanente, presenta el informe N° 001-2016-MLF/SMP.

En dicho informe Loyola “hace saber que durante el proceso de redacción de la ponencia, donde venía revisando a detalle todos los folios, se ha percatado de una circunstancia que afecta de nulidad todo acto de juzgamiento”, se lee a la letra.

En ese sentido, se precisa que Loyola Florián “intervino como abogado defensor del imputado Juan Leiva Goicochea”, por lo que, según se explica, “se trata de una evidente causal de impedimento que no fue oportunamente advertida por relatoría”.

LA OBSERVACIÓN. Es oportuno indicar que la afectada Ignacia Arriaga, en el documento enviado a la Fiscalía de la Nación, acusa que el magistrado Manuel Loyola “desde un principio debió inhibirse”.

Líneas después, remarca que por tales motivos “el principio de imparcialidad judicial ya no estaba garantizado”.

Es más, la señora Ignacia Arriaga escribe que Loyola Florián “trata de escudarse atribuyéndole la responsabilidad a la relatora Clara Alfaro”.

En su respuesta, el juez Loyola refutó esa versión. “La ley orgánica establece que es la relatora de la Sala la que antes de la instalación del juzgamiento tiene que dar cuenta de los impedimentos, porque el juez no tiene físicamente el expediente”, explicó.

SE ANULA TODO. De este modo, los magistrados Carlos Falla Salas y Norma Carbajal Chávez, encargados en ese momento de la Sala Mixta Permanente, determinan “aceptar la inhibición” del juez Manuel Loyola Florián; asimismo, “declarar nulo el acto de juzgamiento oral en su integridad”, desde la audiencia de instalación del 21 de abril de 2016.

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