Funcionarios podrían ser demandados en el Poder Judicial para devolución de pagos que no les correspondía.
Funcionarios podrían ser demandados en el Poder Judicial para devolución de pagos que no les correspondía.

Un reciente informe del Órgano de Control Institucional (OCI) de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo (UNPRG) de estableció que autoridades encargadas de esta casa superior de estudios percibieron compensaciones económicas y otros beneficios cuando no les correspondía.

Asimismo concluyó que la universidad realizó “contribuciones a EsSalud en mayores importes, como consecuencia de dichas compensaciones, lo que generó un perjuicio económico por la suma de S/ 717, 317.96.

De acuerdo a estos hallazgos, para el OCI existirían responsabilidades civiles y administrativas, que podrían recaer en Olinda Luzmila Vigo Vargas, exrectora; Segundo Avelino Sánchez Cusma, exvicerrector académico; y Sergio Bravo Idrogo, exvicerrector de Investigación.

Ellos ejercieron dichos cargos desde el 14 de diciembre de 2020 hasta el 12 de noviembre de 2021. También figuran en la relación de funcionarios con presunta responsabilidad identificada: Eduardo Deza León, César Monteza Arbulú y Tomasa Vallejos Sosa, exmiembros del Consejo Universitario.

“Se evidenció que durante el período 14 de diciembre de 2020 al 12 de noviembre de 2021, se generaron planillas de compensación económica mensual para las autoridades con funciones encargadas de Rector, Vicerrector Académico y Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, que conllevó a su vez al pago de “Gratificación” (Aguinaldo), en aplicación Decreto Supremo N° 313-2019-EF, que no les correspondía por no pertenecer al Régimen del Servicio Civil”, figuran en el informe.

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Incluso, advierten que las planillas de Compensación Económica mensual, desde el inicio de la gestión de las autoridades con funciones encargadas, se generaron sin contar con sustento técnico y/o legal que los respalde, a pesar que tenían conocían el informe técnico de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, que concluyó que no les y que debían continuar percibiendo la remuneración de su puesto de origen.


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