Fiscalía recaba más evidencias contra red de Roberto Torres
Fiscalía recaba más evidencias contra red de Roberto Torres

Cuando se pensaba que todos los ‘faenones’ y festines cometidos por la sindicada red criminal ‘Los Limpios de la Corrupción’ estaban puestos al descubierto, la Oficina de Coordinación Regional Norte (OCRN) de la Contraloría General de la República siguió escarbando y halló nuevos escándalos e irregularidades.

En esta oportunidad se trata de la auditoría que este órgano de control realizó a la Adjudicación Directa Selectiva N° 14- 2013 llevada a cabo por la Municipalidad Provincial de Chiclayo (MPCh) en el segundo ejercicio municipal del encarcelado exalcalde,  Gonzales- ‘El Jefe’- para la ejecución de la obra denominada “Recuperación de la carpeta asfáltica de las calles de la urbanización Los Parques con aplicación de slurry”.

ANTECEDENTES. Así lo expresa la Hoja Informativa N° 043- 2015, que la OCRN de la Contraloría le remitió a la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo a cargo del fiscal coordinador, Sergio Lucio Zapata Orozco, atendiendo el requerimiento que el Ministerio Público realizó.

Cabe precisar, que esta buena pro se la adjudicó el Consorcio Vial Chiclayo, conformado por Servicios Generales Dimuba SAC. y Empresas de Transportes y Servicios Tatiana SRL.

En uno de los primeros acápites, los auditores indican claramente que el expediente técnico de la obra se encuentra incompleto y consigna mayores metrados que los ejecutados en el área verificada.

El órgano contralor detectó que dicho expediente técnico no contiene todos los planos que se requieren para la ejecución de los trabajos, “pues no se ha elaborado un plano o inventario de la infraestructura de pavimento existente y las zonas donde se hará mejoramiento con mortero asfáltico; existen planos de planta del área de intervención y en ellos solo figuran las calles donde se va a poner o rehabilitar el pavimento, las cuales se encuentran achuradas (zonas para paso peatonal), pero no acotadas en cuando al ancho de calzada ni longitud de la misma, dificultando la verificación de los metrados calculados por el proyectista”, se lee en la hoja informativa.

En el tema de los metrados, la Contraloría señala que en el expediente técnico presentan un resumen del área a intervenir en forma general, sin detallar el área de cada calle y/o avenida donde se ha ejecutado la obra; además, dichos metrados no se encuentran sustentados con planilla alguna, croquis, ni gráficos, dificultando la labor de verificación.

“Sin embargo, la comisión auditora realizó sus propios metrados del área ejecutada, con el apoyo de personal de la entidad (MPCh) comparándolos con los consignados en el expediente técnico; determinándose que el área real sería menor que lo señalado en el expediente técnico”, revela el hallazgo.

Además, se detalla que las calles comprendidas en esta obra fueron: Los Tulipanes, Las Magnolias, Los Gladiolos, Manuel Arteaga, Calles s/n, Pascual Saco, Estacionamiento Gran Hotel, Federico Villarreal, Las Begonias, Los Cipreses, Las Moras, Puno, Crisantemos, Los Nogales y Torres Paz.

“Según el presupuesto de la obra, el costo total por pavimentación en el área de 1954.87 metros cuadrados que no ha sido ejecutada, representa un monto de S/. 30,745.48”, refieren los auditores, quienes anexan cuadros estadísticos y detallados de los metros cuadrados dejados de ejecutar, calle por calle.

Todo esto le permite deducir a la Contraloría que, esta diferencia de área “conlleva a que el presupuesto de la obra se encuentre aparentemente sobredimensionado en S/. 30, 745.48”.

DIRECCIONAMIENTO. Otra de las irregularidades encontradas por el órgano de control es que se incluyó en los términos de referencia, un profesional para el cargo de especialista en pavimentos y especialista ambiental, el cual no se encontraba incluido como gasto general en el presupuesto del expediente técnico.

“No obstante lo expuesto, del análisis efectuado al desagregado de gastos generales de obra que forma parte del expediente técnico, en el ítem 1.00- Dirección Técnica, no se evidencia que el costo del especialista en pavimentos y especialista ambiental, hayan sido incluidos en el presupuesto de obra...”.

Además, la pericia evidencia que el comité especial exigió requisitos innecesarios para los profesionales propuestos en contrario a los lineamientos emitidos por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado-Osce.

“...de la revisión a las bases integradas del proceso, se evidenció que para la admisión de la propuesta técnica, el comité especial requirió que los profesionales, como es el caso del especialista en pavimentos y el especialista ambiental, se encuentren colegiados y habilitados, acreditando con copia simple de diploma de incorporación al colegio profesional correspondiente”.

En este rubro, la investigación resalta que al especialista en pavimentos le solicitaban ser ingeniero civil colegiado y habilitado, que será sustentado con la copia simple del diploma de incorporación al Colegio de Ingenieros; con experiencia mínimo de 12 meses como especialista en pavimentos, acreditados mediante (i) contratos con su respectiva conformidad o (ii) certificados o (iv) cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre la experiencia del profesional propuesto.

En el caso del especialista ambiental le requerían título de ingeniero ambiental o geólogo con especialidad en ambiental, el cual se acreditará con copia simple del diploma de incorporación al colegio profesional correspondiente; con experiencia mínimo de 12 meses como especialista en evaluación de impacto ambiental en trabajos en general, acreditados mediante (i) contratos con su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) o certificados o (iv) cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre la experiencia del profesional propuesto.

Al respecto, la Contraloría subraya que debe tenerse presente que si bien dichos profesionales deben encontrarse habilitados y colegiados para el ejercicio de la profesión, cabe recalcar que ello no coincide con la presentación de las propuestas, ni necesariamente con la suscripción del contrato respectivo entre la entidad (MPCh) y el postor ganador de la buena pro, sino con el inicio de su participación efectiva en la ejecución del contrato.

También, la hoja informativa señala que, este aspecto también fue observado por el Osce en el documento emitido por la supervisión de oficio al proceso. 

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