Escrito por Melissa Romero
El Octavo Juzgado Civil - Comercial de Chiclayo ordenó el remate de 23 propiedades otorgadas como garantía por el empresario Carlos Roncal Miñano, ante el Banco Agropecuario (hoy Agrobanco) para la obtención de un préstamo.
De acuerdo a la resolución N° 03 firmada por el juez Sandro Aguilar Gaitán, la medida también se aplicará a los inmuebles que actualmente se encuentran inscritos a nombre de Óscar Joel Roncal Peralta (hijo de Carlos Roncal) y de las sociedades anónimas Caicos Equities Holdings y Negociación Agrícola Yotita.
LA DEMANDA
En el año 2018, la referida entidad bancaria recurrió al Poder Judicial para interponer una demanda de ejecución de garantías contra Roncal, debido al incumplimiento de una deuda ascendente a $ 3’311,538. Además, reclamó el pago de intereses compensatorios, moratorios, costos y costas del proceso.Las parcelas de Roncal, con las que el banco busca cobrar la deuda, están ubicadas en los sectores Mauro y Puente Mauro, los que a su vez pertenecen al distrito de Pítipo en la provincia de Ferreñafe.
Cada predio rural tiene un valor distinto, dadas sus características. Por citar algunos ejemplos, el predio El Reposo 1 está valorizado en $ 677,223; así también el área conocida como EL Reposo 2, que como su antecesor saldrá a remate, con el precio base de $ 778,329.
Asimismo, la parcela Sub Lote II que tiene un valor de $ 188,912.
Una cuarta parcela de cuantía considerable es la conocida como “201”, cuyo precio es de $ 135,185; mientras que la parcela “65” posee un valor de $ 135,912.
Las hipotecas de los lotes tienen su respectivo asiento en la oficina de Registros Públicos.
NO RESPONDEN
El juez Aguilar enfatiza en su fallo que se cumplieron los procedimientos que establece el Código Civil. En enero del año pasado, su despacho admitió a trámite la demanda, ordenando que los ejecutados cancelen la suma pendiente, bajo apercibimiento de sacarse a remate los bienes otorgados en garantía.Roncal, su hijo Óscar y los demás involucrados están debidamente notificados, conforme consta en los cargos de notificación que forman parte del expediente.
Sin embargo, habiendo vencido en exceso el plazo concedido, los demandados no cumplieron con apersonarse al proceso, ni menos con formular contradicción al pedido del banco.
Por ello, el 27 de junio del 2019, la entidad a través de su abogado pidió que se ordene el remate, pero este sigue sin realizarse.
Esta demora se debió -primero- a la carga procesal. Posteriormente, no se avanzó por la ‘huelga blanca’ de los magistrados, y a la fecha, el demandante espera que culminen las vacaciones del Poder Judicial para que de una vez se concrete el fallo.

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