Sala confirma prisión para   6 “Temerarios del Crimen”
Sala confirma prisión para 6 “Temerarios del Crimen”

Les cierran las rejas. La Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de confirmó el mandato de prisión preventiva contra 6 de los implicados en la presunta organización criminal “Los Temerarios del Crimen”.

Esta decisión en segunda instancia incluye al exalcalde David Cornejo Chinguel, sindicado como el cabecilla de la red y quien por ahora permanecerá en el penal tras ser ratificada la medida coercitiva por 36 meses impuesta inicialmente por la jueza Cecilia Grandez Rojas, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo.

De acuerdo a la investigación seguida por la Fiscalía Especializada contra la Criminalidad Organizada (Fecor) de Lambayeque, “Los Temerarios del Crimen” habrían cometido diversos actos de corrupción desde la comuna provincial de Chiclayo, por lo cual se les imputa delitos como organización criminal, colusión, cohecho, tráfico de influencias, entre otros.

IMPUTADOS

Como se recuerda, en primera instancia, la mencionada jueza ordenó prisión preventiva por 36 meses para el exburgomaestre, pero también contra su hermano Noé Cornejo Chinguel, el exregidor Alfredo Montenegro Bermeo, el exfuncionario Eberth Gil Otiniano y la presunta coordinadora de la organización criminal, Charito Aguilar Cueva.

Similar medida se aplicó en el caso del exgerente de Desarrollo Vial y Transporte de la municipalidad, Isaías Moreno Chavesta, aunque por el plazo de 18 meses.

Si bien todos los mencionados apelaron la decisión de la magistrada en su momento, esto fue desestimado por la Sala tras la audiencia que se realizó el último 29 de enero.

COMPETENCIA

Cabe indicar que, además de solicitar la revocatoria de las resoluciones que ordenaron la prisión preventiva, los abogados, tanto de David como de Noé Cornejo Chinguel, pretendieron que estas sean anuladas argumentando que se había “inobservado el derecho al juez predeterminado”.

En ese sentido, la defensa sostuvo que ni la Fecor ni el despacho de la jueza Cecilia Grandez eran los competentes para ver el caso, ya que, por cuestiones de especialidad, esto correspondería a un juzgado anticorrupción.

No obstante, la Primera Sala Penal de Apelaciones consideró que la competencia de los jueces no puede ser debatida en una audiencia de prisión preventiva. Incluso, recordó que si bien el Código Procesal Penal establece para estos casos un mecanismo denominado “declinatoria de competencia”, este tampoco impide que todo lo actuado válidamente con anterioridad se mantenga vigente.

ELEMENTOS

En otro apartado de su resolución N° 30, los miembros de la Sala señalan que, tras valorar los elementos de convicción presentados contra David Cornejo, es posible establecer “el alto grado de probabilidad” de que se haya producido un reparto o direccionamiento de obras municipales según lo postulado por la Fiscalía.

Por ejemplo, mencionan que si bien en el caso de la obra de la avenida Quiñones la jueza de primera instancia estimó que no existían elementos de convicción sobre el pago de una coima, “se debe recordar que este procesado (David Cornejo) ha admitido haber coordinado con el procesado Montenegro Bermeo para que dicha obra sea entregada a una tercera persona, gestión por la cual este último recibió la suma de setenta mil soles”.

La Sala también consideró relevante elementos como el acta de lacrado de evidencia de lo hallado en la vivienda de Cornejo Chinguel, donde figuran documentos relacionados a consorcios y también a autorizaciones emitidas por el área de Tránsito.

Incluso, se asevera que “con relación al delito de tráfico de influencias, debe señalarse que la defensa técnica (de Cornejo) ha admitido los hechos imputados con respecto al pago de la suma de ochenta mil soles al fiscal Abel Concha, con la finalidad que este interfiera en la investigación que estaba realizando el Ministerio Público”.

Similares criterios fueron tomados en cuenta para ratificar el mandato impuesto contra los otros 5 imputados. En el caso de Noé Cornejo, se indica que su hermano, David, admitió haberle dado la obra del pueblo joven Elías Aguirre de Chiclayo. Según lo recabado por la Fecor, Noé Cornejo coordinó para que dicho proyecto sea otorgado al congresista César Vásquez Sánchez y al empresario José Campos, a cambio de lo cual cobró la suma de S/ 40,000.

OTROS CASOS

Mediante la resolución N° 30, la Sala también confirmó la medida de comparecencia restringida dictada en primera instancia para el exgerente de Asesoría Jurídica, Daniel Coronado Tarrillo, decisión que había sido apelada por la Fiscalía.

Asimismo, se revocó la resolución que declaró fundado el pedido de prisión preventiva por 9 meses contra el investigado Mario Stiven López Correa, sindicado de cometer presuntos actos ilícitos haciendo las veces de “tramitador” de licencias de conducir en la Gerencia de Desarrollo Vial y Transporte. De esta manera, López Correa quedó bajo comparecencia con restricciones.

Por último, la Primera Sala Penal de Apelaciones también revocó la resolución en torno a Martín Segundo Guevara Rosado, en el extremo que se le impuso el pago de una caución de 20,000 soles. Como se recuerda, en audiencia realizada el 21 de diciembre del año pasado, el Poder Judicial dispuso dejar en libertad a Guevara Rosado, previo pago de la citada caución que, en segunda instancia, quedó reducida a 5,000 soles.