Si vas a laborar este martes 25 de diciembre (Navidad) recibirás hasta el triple de la remuneración diaria, siempre y cuando no tengas descanso sustitutorio, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
Según el artículo 9 del D.L.713 Ley de Descansos Remunerados, el 25 de diciembre es feriado nacional no laborable para los trabajadores públicos y privados, con derecho a descanso pagado por el empleador, mencionó el gremio empresarial.
"Si el trabajador recibe S/ 100 diarios, recibirá S/ 100 por el día y S/ 200 por trabajar en día feriado (sobretasa de 100%)", expresó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.
Asimismo, si el 25 de diciembre es el día de descanso semanal del colaborador, este solo percibirá S/ 100 por el descanso semanal y no por el feriado.