El Poder Judicial ordenó este sábado impedimento de salida contra Miguel Ángel Marín Morón, conocido como Negro Marín, prohibiéndole abandonar el territorio nacional por un plazo de 30 meses mientras avanza el proceso penal en su contra. La decisión busca garantizar su presencia durante las diligencias judiciales vinculadas a los delitos de extorsión y homicidio que se le imputan.
La resolución fue dictada por el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Ventanilla, instancia que lleva el caso dentro del sistema de justicia penal. La medida entró en vigencia este sábado 14 de marzo conforme a lo informado por la propia institución judicial.
La restricción migratoria impide que el implicado pueda eludir la acción de la justicia trasladándose fuera del país durante la etapa de investigación preparatoria. Las autoridades judiciales aplican este tipo de medidas cautelares cuando existen indicios suficientes de peligro de fuga o riesgo de obstaculización del proceso.
Las investigaciones contra Negro Marín forman parte de un esfuerzo más amplio por desarticular estructuras delictivas dedicadas al sicariato y la extorsión en la capital.
Fiscalía advierte peligro de fuga
El Ministerio Público sustentó el pedido de impedimento de salida cuestionando la validez de los documentos presentados por la defensa para acreditar residencia fija. El fiscal Edwin Velásquez, señaló que los recibos de agua y luz aportados corresponden al año 2025, están a nombre de una tercera persona y resultan insuficientes para demostrar domicilio actual.
La fiscalía también alertó sobre los múltiples registros migratorios del investigado en Argentina, España y México como indicios de peligro de fuga. Asimismo, advirtió que Marín Morón obtuvo un pasaporte en el consulado peruano en Argentina sin registros de ingreso regular a ese país, situación que genera interrogantes sobre su movilidad internacional.
“En su Reniec obra la dirección de Argentina y adjunta un pasaporte que lo pagó con pesos argentinos, que lo sacó en el cónsul de Perú en Argentina, pero la pregunta del Ministerio Público es cómo ingresó al país de Argentina. Si bien es cierto no es necesario el pasaporte, se puede ingresar con DNI, pero siempre debe quedar registrado y en su movimiento migratorio no hay ningún tipo de registro en Argentina”, sostuvo durante la audiencia.
El fiscal cuestionó además la solidez del arraigo laboral presentado por la defensa al detectar inconsistencias en la empresa ofertada como vínculo de trabajo. La compañía apareció con suspensión temporal en la plataforma de consultas registrales al 11 de marzo, sin trabajadores declarados ante SUNAT desde 2026 y con domicilio fiscal alquilado sin contrato que lo acredite.
Defensa rechaza tesis fiscal y defiende arraigo
Diego Ramírez Mendez, abogado de Negro Marín rechazó categóricamente los argumentos del Ministerio Público y cuestionó la solidez de la investigación en su conjunto.
Sobre el arraigo laboral, la defensa señaló la contradicción implícita en la postura del Ministerio Público respecto a la empresa Inca de Colors. En ese sentido, recordó que la propia fiscalía realizó un allanamiento previo en el local comercial y encontró a todos los trabajadores en actividad regular con productos tecnológicos de venta comercial verificados en ese momento.
“propio Ministerio Público ha dirigido en su oportunidad el allanamiento en el local de la persona jurídica, encontrándolos a todos trabajando. Por eso resulta irónico que ahora pretenda desconocer la existencia del local, más aún cuando en su oportunidad se le encontró con todos los productos de venta comercial de carácter tecnológico, verificándose que esto es un trabajo regular que no tiene ninguna presunta actividad delictiva”, señaló.
Respecto al arraigo domiciliario, la defensa presentó certificados de empadronamiento emitidos por el Ayuntamiento de Parla en la Comunidad de Madrid como prueba de residencia en España. Acreditó además domicilio en una vivienda de propiedad de la madre del investigado en el distrito en Collique, argumentando que al tratarse de una casa familiar no se requiere contrato de arrendamiento.
Celular del procesado no fue entregado durante su captura
Uno de los puntos de tensión durante la audiencia fue la ausencia del dispositivo móvil del investigado al momento de su detención en España. La fiscalía utilizó este hecho como argumento adicional para sustentar el perfil de riesgo procesal del imputado.
La defensa rechazó asumir responsabilidad por la falta del celular y atribuyó esa situación al accionar de las autoridades peruanas o españolas durante el operativo. Los abogados enfatizaron que no pueden defenderse de hechos que no dependen de sus actuaciones ni de las decisiones de su patrocinado.
Ramírez Mendez cerró su intervención insistiendo en que no es posible construir una defensa sobre elementos que el propio Ministerio Público no logró asegurar durante la captura. El juzgado tomó en cuenta los argumentos de ambas partes antes de emitir la resolución que restringe la salida del país del investigado por los próximos 30 meses.
PJ ordena 30 meses de impedimento de salida contra “Negro Marín” investigado por sicariato y extorsiones
La medida fue dispuesta por el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Ventanilla. El proceso penal apunta a desarticular una red delictiva vinculada a ataques armados en la zona.