Sucamec otorga plazo para regularizar armas de fuego
Sucamec otorga plazo para regularizar armas de fuego

Las empresas de seguridad privada y otras personas jurídicas omisas a la regularización de sus armas de fuego tienen una última oportunidad de hacerlo gracias a un plazo extraordinario otorgado por la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec).

Ahora las empresas que tengan en posesión las armas en situación irregular, podrán obtener sus respectivas tarjetas de propiedad, documento establecido desde julio del 2016 por la Ley N° 30299 (Ley de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil).

En caso de no hacerlo, las empresas incurrirán en el delito de tenencia ilegal de armas y estas serán decomisadas por la Sucamec, quien contará con la colaboración de la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público. Todo este proceso responde a las acciones de control de las armas y por la seguridad ciudadana a nivel nacional.

El proceso de regularización:

1.- Para las empresas que requieran obtener la tarjeta de propiedad de sus armas:

Si las empresas cuentan con autorización de funcionamiento vigente, deberán registrarse a través de la plataforma Sucamec En Línea (SEL), en un plazo máximo de 45 días calendario e indicar la situación en las cuales se encuentran sus armas. Luego, deberán realizar el pago correspondiente y acudir a las oficinas de laSucamec - a nivel nacional - para el depósito temporal de sus armas. 

Las empresas recibirán el acta de internamiento que les permitirá tramitar - en un plazo máximo de 120 días calendario - la tarjeta de propiedad de cada arma, la cual será otorgada por la Sucamec.

Si las empresas no cuentan con autorización de funcionamiento vigente, estas deberán acudir a las oficinas de la Sucamec para realizar el depósito temporal de las armas de fuego que se encuentren en su posesión, previo pago correspondiente en un plazo máximo de 45 días calendario.

2.- Para las empresas que requieran transferir (vender) sus armas:

En caso de optar por la transferencia (venta), las empresas deben realizar el internamiento de sus armas en las oficinas de la Sucamec en 45 días calendario y tras la emisión del acta de internamiento, estas empresas cuentan con 120 días calendario para realizar la transferencia, siempre y cuando se haya obtenido las tarjetas de propiedad de las armas por transferir.

Es preciso destacar que las tarjetas de propiedad son indefinidas, las autorizaciones para el funcionamiento de las empresas de seguridad cuentan con una validez de cinco (05) años y la licencia de armas cuenta con un periodo de vigencia de tres (03) años.

Finalmente, el Superintendente Nacional, Carlos Rivera Becerra manifestó que la Sucamec asume el compromiso de orientar sus esfuerzos para que las empresas de seguridad regularicen la posesión de sus armas y adopten las medidas de seguridad para su almacenamiento y uso responsable.

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