Desde este lunes 10 de mayo, Lima Metropolitana y Callao regresaron al nivel de riesgo “muy alto” ante la pandemia del nuevo coronavirus. Es por ello que aquí te detallamos los horarios del toque de queda para las regiones y provincias en nivel de riesgo “muy alto” ante la COVID-19.
MIRA AQUÍ: Toque de queda: esto es lo que pasa si no pagas la multa por la inmovilización social obligatoria
El ministro de Educación, Ricardo Cuenca, indicó que la nueva clasificación de riesgo “muy alto” para Lima y Callao regirá desde el lunes 10 hasta el domingo 30 de mayo. De esta manera, ambas zonas dejarán de tener restricciones como el toque de queda o inmovilización social permanente durante los días domingo.
Asimismo, se estableció que en todas los departamentos y provincias mencionados en la lista del “Nivel de alerta muy alto” el toque de queda comenzará a las 9:00 p.m. y durará hasta las 4 a.m., del día siguiente.
MIRA AQUÍ: Regístrate gratis AQUÍ en nuestro boletín CORREO HOY y recibe las noticias que te interesan en tu correo electrónico
Sin embargo, la norma publicada en el diario El Peruano exonera del cumplimiento del toque de queda “al personal estrictamente necesario que participa en la prestación” de los servicios de salud, medicinas, servicios financieros, abastecimiento de alimentos, servicio de restaurante, servicios funerarios, limpieza y recojo de residuos sólidos, entre otros.
Vale indicar que las restricciones para cada nivel de riesgo tendrán una duración de tres semanas consecutivas y, finalizado ese plazo, se volverá a dar una nueva clasificación.
Multas por violar toque de queda y otras restricciones
Si incumples lo dispuesto en las normas emitidas por el Gobierno recibirás una sanción económica aplicada por un integrante de la Policía Nacional del Perú (PNP). Esta multa puede ir desde los S/ 88.00 hasta los S/ 440.00, según el Decreto Legislativo Nº 1458.
Estos son los motivos por los que podrías ser sancionado y sus respectivas multas:
- Circular por la calle sin pase laboral, si corresponde. Multa: S/ 264.00
- Circular por la vía pública sin usar la mascarilla de uso obligatorio. Multa: S/ 352.00
- Desobedecer la disposición de una persona por familia para adquirir víveres o productos farmacéuticos. Multa: S/ 220.00
- No respetar el metro de distancia obligatorio, o formar aglomeraciones en los mercados o supermercados cuya apertura está permitida. Multa: S/ 88.00
- Salir de casa durante la inmovilización social obligatoria. S/ 440.00
- Salir de casa durante el aislamiento social obligatorio, por motivos distintos a comprar víveres o medicinas, trasladar a un centro médico personas cuya vida corre peligro, acudir al banco para cobrar un subsidio económico por coronavirus, retornar a tu lugar de residencia habitual, o para una salida corta cerca de casa por máximo 1 hora. Multa: S/ 220.00
- Circular con vehículo particular por motivos diferentes a los permitidos por el Decreto Supremo 046-2020-PCM, y regulados por el Ministerio del Interior (Mininter) y el Ministerio de Defensa (Mindef). Multa: S/ 352.00
- Transitar la vía pública durante la inmovilización social obligatoria de los domingos (24 horas). Multa: S/ 396.00
- Desarrollar actividades económicas no previstas en el artículo 4 del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM. Multa: S/ 308.00
- Desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales, religiosas, de aglomeración o concurrencia masiva/no masiva en la vía pública. Multa: S/ 396.00
- No portar documento de identidad al salir o negarte a identificarte si te lo exige un integrante de la PNP o de las Fuerzas Armadas. Multa: S/ 440.00