Contraloría detecta riesgos en convocatoria de personal
Contraloría detecta riesgos en convocatoria de personal

Escrito por José Chapa

La , a través de la Oficina de Control Institucional (OCI), detectó algunos riesgos en una segunda convocatoria del concurso público para la contratación administrativa de personal técnico y auxiliar para la gestión administrativa de la UNP 2019, y recomendó anularla de oficio.

Según refiere la Contraloría en su informe 016-2019-OCI/0203-SOO emitido el 26 de diciembre del 2019, la nueva comisión encargada de la convocatoria para dicho concurso, que tiene como fin cubrir 27 plazas, presuntamente habría incumplido “con la normativa al elaborar y aprobar las bases de dicho concurso que son incongruentes con los documentos normativos, incurriendo el procedimiento de contratación en causal de nulidad, generando el riesgo de no contratar personal idóneo para cubrir las plazas vacantes de la UNP, con el consecuente perjuicio económico a la entidad”.

EL INFORME

El órgano auditor señala que a través de la resolución del Consejo Universitario 0189 del 14 de marzo del 2019, se aprobó la convocatoria al mencionado concurso público de 27 plazas administrativas de la UNP, de las cuales 13 corresponden al grupo ocupacional de servidor auxiliar, y 14 plazas al grupo ocupacional de servidor técnico, las mismas que se encontraban vacantes debido a que los titulares han cesado, renunciado y, en algunos casos, han fallecido; concurso que fue declarado nulo por el Consejo Universitario, retrotrayéndolo hasta la etapa de la elaboración de bases.

Añade que mediante resolución 216-R del 25 de noviembre del 2019 se conformó la comisión encargada del concurso público para la contratación del mencionado personal, bajo la modalidad de contrato a plazo determinado.

Indica que de la revisión a las nuevas bases del concurso público, se puede observar que se convocaron 13 plazas para el grupo de servidor auxiliar, y 13 para servidores técnicos, sumando un total de 26 plazas.

“Al respecto se desprende que en la primera convocatoria se contenía 27 plazas; sin embargo, en la actual convocatoria no se ha convocado la plaza con registro de AIRHSP N° 000767 del grupo ocupacional de servidor técnico nivel A, la misma que (...) se encuentra vacante y corresponde al cargo funcional “Técnico en Laboratorio I”, por lo que se infiere que la comisión no convocó las plazas primigeniamente aprobadas con la resolución del Consejo Universitario N° 320-CU-2019 del 19 de junio del 2019, pues en la citada resolución no se ha dispuesto suprimir la convocatoria a dicha plaza”.

NO COINCIDEN 

Prosigue señalando que en las bases del concurso se insertan las 26 plazas, las cuales han sido convocadas para realizar funciones administrativas de oficina; sin embargo, de la descripción de los cargos funcionales consignados en el PAP (Presupuesto Analítico de Personal) aprobado por resolución rectoral 0599-R-2019 del 29 de marzo del 2019, “se advierte que en 11 plazas, las funciones consignadas en el PAP no coinciden con las funciones indicadas en las bases de la convocatoria (funciones administrativas de oficina).

“De lo señalado en líneas precedentes, se evidencia que se convocó a concurso público las plazas sin que se haya actualizado el PAP (...) toda vez que en las plazas convocadas con las funciones a desempeñar, deben ser las que se encuentren normadas en los documentos de gestión, es decir, en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y en el PAP”, añade.

La Contraloría también observó el sistema de evaluación de los concursantes empleado por la comisión a cargo de la convocatoria.

Finalmente, la Contraloría concluye que “durante la ejecución del Servicio de Orientación de Oficio a la actividad del proceso en curso, se ha advertido una situación adversa que afecta o podría afectar la continuidad del proceso (...), la cual ha sido detallada en el mencionado informe.

Por este motivo, la Contraloría recomendó hacer de conocimiento al titular de la entidad el informe, el cual contiene las situaciones adversas identificadas, “con la finalidad de que se adopten las acciones preventivas y correctivas que correspondan, en el marco de sus competencias y obligaciones en la gestión institucional, con el objeto de asegurar la continuidad, el resultado o el logro de los objetivos del citado proceso”.

También recomendó a la entidad auditada, que disponga las acciones correctivas, a fin de declarar de oficio la nulidad del proceso, y retrotraerlas hasta la etapa de elaboración de bases.