Exfiscal antidrogas lleva casi un año en la clandestinidad
Exfiscal antidrogas lleva casi un año en la clandestinidad

Desde hace casi un año, el exfiscal antidrogas de, César Augusto Palacios Poma, está prófugo de la justicia. Y se sigue el trámite para las órdenes de captura contra la exfiscal Danitza Carrasco, recientemente sentenciada, también por corrupción.

Además, en los casos del “no habido” Palacios Poma y del exfiscal José Rogel, están pendientes las audiencias de improcedencia de acción y control de acusación, en las cuales se decidirá el futuro de dichas causas y el eventual pase a juicio oral.

PALACIOS POMA

El exfiscal antidrogas César Augusto Palacios Poma, que aparece en un vídeo recibiendo dinero de manos del cabecilla de la banda “Los Ilegales”, abogado Luis Alberto León More, tiene órdenes de captura desde el 29 de agosto del 2018.

En esa fecha, la entonces jueza superior de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Piura, Gladys Quiroga Sullón, dispuso siete meses de prisión preventiva contra el mencionado. Y dictó las órdenes de ubicación y captura, que se vienen renovando.

En el requerimiento de acusación, el fiscal superior Ramiro Calle Calle, de la Segunda Fiscalía Superior Penal de Liquidación, Apelaciones y Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Piura, considera tres hechos de presunta corrupción, que tipificarían presuntos delitos de cohecho pasivo propio y cohecho pasivo específico.

Las penas por los aludidos hechos suman dieciséis años de cárcel, que es lo que el Ministerio Público pide para Palacios Poma.

También solicita que se le imponga 50,000 soles por concepto de reparación civil e inhabilitación.

LO DEFIENDE

Ante el requerimiento fiscal, el 7 de agosto de este año, el abogado Juan Víctor Pizarro Talledo, que asesora a Palacios Poma, ha formulado observaciones y ha planteado una excepción de improcedencia de la acción penal y de sobreseimiento del proceso.

Pizarro alega que las modalidades del delito de cohecho pasivo propio son aceptar, recibir o solicitar, pero en la acusación del Ministerio Público no se precisa cuál es la modalidad específica.

Y respecto del delito de cohecho pasivo específico tampoco se precisa cuál ha sido el acto legítimo del cargo omitido o retardado; y sobre todo, que se encuentre dentro de la competencia funcional del acusado, se indica en el escrito del letrado.

La conducta que se le atribuye como delictiva es la de ayudar brindando información y coordinando estrategias de defensa en las investigaciones seguidas contra María Norma Liviapoma Mauricio (carpeta 63-2009) y Victoria Domínguez Zegarra (carpeta 8-2014), y ayudar a los investigados Summy Briggit Guelles Ramírez y otros (carpeta 160-2013).

El abogado considera que dichas conductas no califican ni se subsumen en los tipos penales denunciados.

También sostiene que no se cuenta con elementos de convicción que corroboren las afirmaciones del aspirante a colaborador eficaz, y estima que dichas sindicaciones carecen de valor probatorio y deben ser tomadas como simples actos de investigación, pero no pueden sustentar una acusación.

Y ofreció la declaración testimonial del ahora fiscal provisional de la Fiscalía Superior Mixta de Pichan, en el Distrito Fiscal de Ayacucho, Gonzalo Lozano Salazar, quien en el 2013 era el fiscal provincial titular antidrogas de Piura y emitió una disposición, a fin de que Palacios elabore las actas de libertad de Summy Briggit y Juana Guelles Ramírez, en la carpeta 160-2013.

ROGEL PALMA

En el requerimiento contra el exfiscal de Castilla, José Orlando Rogel Palma, el fiscal superior Ramiro Calle Calle considera la existencia de un concurso real de delitos.

Por ello, pide que se le imponga trece años de cárcel, que resulta de la suma de las penas solicitadas por dos delitos (seis años por cohecho pasivo específico y siete años por encubrimiento real).

En escrito, presentado ante el juez superior Edwin Culquicondor, el abogado Julio Joel Moscol Morales, que asesora a Rogel Palma, también observó la acusación en su aspecto formal y solicitó el sobreseimiento de la investigación.

A Rogel se le acusa haber “aceptado” o “recibido” 5,000 soles para favorecer a Jhon Paulo Cabrera Frías en la investigación por delitos de robo agravado en agravio del Banco Continental y asociación ilícita para delinquir (carpeta 1910-2012).

El letrado remarca que esta imputación se basa en una transcripción del registro de comunicación entre León More y Cabrera Frías, de fecha 23 de octubre del 2015. Sin embargo, Rogel había estado en la Segunda Fiscalía Penal Corporativa de Castilla hasta el 28 de mayo del 2013, fecha en que se desvincula de la carpeta asignada.

Y no se ha acreditado con ningún elemento de convicción, que efectivamente haya “aceptado” o “recibido” el donativo no se ha corroborado esa conducta con otros elementos periféricos, alega.

No existe un testigo, un vídeo, una interceptación telefónica donde fehacientemente se advierta la responsabilidad de su patrocinado, enfatiza.

SOLO CARPETA

Respecto del delito de encubrimiento real, en el sentido que habría procurado la desaparición de dos CDs, que eran pruebas del delito, Moscol sostiene que tampoco existe elemento de convicción ni documental alguna que acredite tal acusación.

En el cuaderno de cargo solo se advierte que “se recepciona carpeta”, y por máximas de la experiencia, en la administración pública cuando se reciben anexos, se consignan en dicho cargo, a fin de evitar cualquier incidente, lo que en este caso no ocurrió.

TAGS RELACIONADOS