Fuerza Popular: JNE excluye a candidato por no consignar sentencia en su hoja de vida
Fuerza Popular: JNE excluye a candidato por no consignar sentencia en su hoja de vida

Con la Resolución N.° 0312 -2016, emitida en Lima el 1 de abril, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) resolvió declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por la organización política Fuerza Popular para evitar que su candidato al Congreso Manuel Moisés Salcedo Franco sea excluido de las Elecciones Generales 2016.

En el mismo artículo, el JNE en consecuencia ratifica la Resolución N° 007-2016 del 19 de marzo, emitida por el Jurado Electoral Especial (JEE) de Tacna, que declaró de oficio su exclusión de la contienda electoral.

CAUSAL

El documento que el JNE envió al JEE, que esta tarde hizo la respectiva publicación, señala que quedó probado que Salcedo Franco omitió consignar en su hoja de vida la sentencia con reserva de fallo condenatorio que le fuera impuesta el 16 de abril de 2015 por el Tercer Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial de Tacna, la cual se encuentra firme y vigente hasta el 15 de abril de 2016.

Con ello el JNE precisa que se incurrió en la causal de exclusión prevista en el artículo 47.1 del Reglamento, en concordancia con el artículo 23 de la LOP, por lo que corresponde desestimar el presente recurso impugnatorio y confirmar la resolución venida en grado.

Cabe mencionar que el pasado 15 de marzo el ciudadano Rony Panty Gonzales solicitó la exclusión por no consignar el fallo por la comisión de delito contra el patrimonio, en la modalidad de daños. Como descargo la organización adujo que el delito sancionado con reserva de fallo condenatorio, cometido por Salcedo Franco, es uno de naturaleza culposa, mas no dolosa, por ello la ley no le exige considerar este tipo de antecedentes, y que se trata de una llamada de atención; pese a ello el JEE declaró su exclusión por no ser un argumento válido. En la apelación Fuerza Popular alegó que este proceso se presentó fuera del periodo de tachas, que le recortaron el derecho de defensa y que no es sentencia firme.

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