Imagen
Imagen

La Segunda Sala Civil Permanente de la Corte Superior de Justicia de Tacna (CSJT), conformada por Jorge Armaza Galdós, Norma Tellería Vega y Lady Begazo de la Cruz, falló a favor de la demandante Dora Quihue de Cuadros para que la Municipalidad Provincial de Tacna la proclame y la juramente como alcaldesa del Centro Poblado Boca del Río.La Resolución N° 17 del 6 de julio, resuelve que el municipio la reconozca en un plazo de 10 días, una vez notificado, como alcaldesa tras ganar las elecciones del 19 de febrero del 2017. Además, se integró en el mismo fallo, que la alcaldía deberá requerir, en un plazo de un día, que la Subgerencia de Desarrollo Social, Juntas Vecinales y Salud Pública de la MPT remita el informe de revisión del proceso electoral.ACABÓEl abogado de la demandante, Luis Alfaro, relató que en enero presentó la acción de cumplimiento para que proclamen a Quihue; en marzo salió la sentencia a su favor, apelada por la MPT.En la audiencia dijo que dos de tres vocales confirmaron la sentencia y se convocó a Begazo como dirimente, quien inclinó su voto a favor de Quihue.A decir de Alfaro, acá acaba el proceso y el demandado no puede apelar a una instancia superior, sino que tiene que acatar bajo apercibimiento, multas progresivas o destitución del titular de la entidad, mencionando al alcalde provincial Jorge Infantas.Por su parte, el procurador de la MPT, Renato Tejerina, indicó que ya presentaron el recurso de aclaración sobre dos puntos. Uno es si el Poder Judicial puede entrometerse y pasar por encima de la autonomía municipal considerando que existe un dictamen de nulidad del proceso electoral emitido por la Comisión de Asuntos Legales.  Reconoció que este dictamen es de diciembre del año pasado pero recién lo presentó en la apelación argumentando que la comisión no lo elevó, pero asegura que los jueces deben considerar todas las pruebas, así sea extemporáneo.