PJ: Antes de dar el "Sí" busca a tu pretendiente en el Registro de Deudores Alimentarios
PJ: Antes de dar el "Sí" busca a tu pretendiente en el Registro de Deudores Alimentarios

El  compartió una singular, pero interesante recomendación con ocasión del al , y es que tal vez no conoces lo suficientemente a tu  y estás a punto de darle el "Sí", en esta fecha de los enamorados.

En el Día del amor, el Poder Judicial aconsejó que antes de dar el "SI" busca a tu pretendiente en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Poder Judicial (REDAM), que tiene por finalidad el registrar a aquellas personas que adeuden 03 cuotas sucesivas o más, de sus obligaciones alimentarias establecidas por mandato judicial.

"¡Feliz San Valentín!", escribió en las redes sociales el PJ y agregó la información del REDAM, donde las personas pueden consultar si quienes la pretendan o incluso sus enamorados están en la lista negra de los deudores alimentarios. 

El Poder Judicial precisó que se considerará como deudor alimentario moroso, a la persona que adeude por lo menos 03 meses de pensiones devengadas por acuerdo judicial o en un proceso de conciliación.

Las anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios, sólo podrán hacerse por orden judicial luego de un previo juicio alimentario.

Cabe precisar que el objetivo del REDAM es lograr el cumplimiento de una obligación alimentaria, cuya procedencia ha sido reconocida judicialmente. La información inscrita en este registro está destinada a proteger a todas las personas afectadas por las deudas alimentarias, en los términos de la LEY N° 28970 (Ley de Creación), de manera especial a los menores e incapaces.}

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El registro de información en el REDAM permite contar con información consolidada de los obligados alimentarios que hayan incurrido en morosidad en el cumplimiento de sus obligaciones alimentarias contenidas en sentencias consentidas ó ejecutoriadas ó en acuerdos conciliatorios en calidad de cosa juzgada. 

Asimismo, la información contenida en este registro, será proporcionada a la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones mensualmente, a efectos de que se registre la deuda alimentaria en la Central de Riesgos de dichas instituciones. Adicionalmente, ésta información podrá ser remitida también a las centrales de riesgo privadas.

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