La sentencia considera probado que, entre febrero y marzo de 2019, Mariano Daniel Vásquez mantuvo una relación sentimental, sin convivencia, con la mujer, y que con el tiempo se fue imponiendo a la víctima, controlándola y menospreciándola en público y en privado, y además la golpeó en varias ocasiones. (Foto: Captura redes sociales)
La sentencia considera probado que, entre febrero y marzo de 2019, Mariano Daniel Vásquez mantuvo una relación sentimental, sin convivencia, con la mujer, y que con el tiempo se fue imponiendo a la víctima, controlándola y menospreciándola en público y en privado, y además la golpeó en varias ocasiones. (Foto: Captura redes sociales)

Un tribunal condenó a prisión permanente revisable, la máxima sanción del Código Penal, a un hombre declarado culpable de dejar morir a su pareja diabética y de grabar su agonía con un teléfono móvil en junio de 2019 en su domicilio de Viladecans, una localidad de la provincia de Barcelona (noreste).

En la sentencia, a la que tuvo acceso Efe, la Audiencia de Barcelona, en consonancia con el veredicto del jurado popular, atribuye al acusado, Mariano Daniel Vásquez, un delito de asesinato con ensañamiento, tres de maltrato machista, uno de maltrato habitual y uno contra la intimidad de la mujer, una persona “especialmente vulnerable por su enfermedad”.

La sentencia considera probado que, entre febrero y marzo de 2019, el condenado mantuvo una relación sentimental, sin convivencia, con la mujer, y que con el tiempo se fue imponiendo a la víctima, controlándola y menospreciándola en público y en privado, y además la golpeó en varias ocasiones.

La noche del 17 de junio de 2019, según la sentencia, la mujer se encontraba muy mal y llamó a Mariano para que fuese a su casa a ayudarla.

Cuando el hombre llegó a la vivienda de la víctima, la encontró muy deteriorada físicamente, con dificultad respiratoria y sin capacidad para hacer nada por su cuenta.

Sin embargo, no le prestó ningún tipo de ayuda y se dedicó a contemplar cómo se iba deteriorando, perdía la consciencia y se le iba “apagando la vida”, hasta que sufrió una hiperglucemia que le causó la muerte.

Según la Audiencia, la muerte de la mujer “no se habría producido” si el hombre, al ver su estado, hubiese pedido auxilio de los servicios de emergencias médicas.

Además, remarca la sentencia que el acusado grabó con un teléfono móvil a la mujer en su progresivo deterioro “para mostrar las imágenes a terceros” y tratar de hacer ver que la cuidaba “y así construirse una coartada” en caso de que se investigara su muerte.

Una de las pruebas principales que utilizó el jurado para sustentar sus conclusiones fueron los vídeos que grabó el propio acusado en casa de la víctima cuando ésta pasó horas en estado agonizante y en constante deterioro de sus facultades físicas y mentales.

Fuente: EFE

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