"El Instituto Americano de Arte denuncia ante la opinión pública un virtual atentado al Patrimonio Cultural de Puno, provocado por enemigos del arte y la poesía, encaramados en el Instituto Nacional de Cultura". Dice, en un Comunicado Público, la institución que desde hace 67 años incentiva las manifestaciones culturales en el Departamento de Puno. Veamos si tienen razón o están equivocados:
En principio, es de conocimiento de la colectividad que el INC., en la ciudad de Puno, ha sido y es un "elefanta blanco". A parte del magnífico Museo Lítico de Pucará, implementado por el entonces director, antropólogo Rolando Izaguirre, nunca se les ha ocurrido implementar un
programa que diseñe la política cultural de su institución, de tal manera que las contadas acciones de proyección social que realiza esta burocrática entidad pasan inadvertidas para la gran mayoría de ciudadanos. La música, la danza y las actividades literarias que se realizan en Puno son de exclusiva iniciativa particular. No interviene para nada el INC, desde hace años. En los últimos años se ha nombrado como directores del INC a unos jóvenes antropólogos; que si bien, deben ser excelentes en su profesión y teoría, les falta experiencia administrativa y conocimiento de la realidad de nuestro pueblo, para dirigir una entidad de cultura a nivel departamental. No les echemos la culpa a los bisoños. Directores del INC, si no a aquellos personajes que no saben de lo que es un "Concurso Público" y reparten puestos como "maná del cielo"; y de la noche a la mañana hacen directores a sus hermanos, hijos, sobrinos, compadres o "compañeros", que lamentablemente no conocen la realidad y pueden decir muy sueltos de lengua " en Puno nunca existió la casa donde nació el poeta Oquendo".
Aquí existe legalmente una "Resolución Directoral del INC N°. 001-94 que declara Patrimonio Monumental de la Nación al inmueble ubicado en el Jr. N°. 431 de la ciudad de Puno, al amparo del Art. 35 de la Constitución Política del Estado, el Código Civil y la Ley 24047 del Patrimonio Monumental de la Nación." Y no existe motivo ni razón valedera para dejar sin efecto este documento, salvo que los fabricantes de un documento de respuesta al IAA, -guardado un año por el Sr. Landa, por algún motivo que no creemos sea monetario, pretenda borrar con el codo, lo que sus antecesores firmaron con la mano.
Por esta elemental razón el IAA, está impugnando la RDR. N°. 043//INC-Puno, con la que oficiosamente el INC. Puno se convierte en defensor del actual propietario de la casa donde nació el poeta. Y en las 4 páginas llenas de argumentos recogidos posiblemente del "sol o la luna", no se dice nada del propietario original, -casa de los padres de Oquendo-ni se trata de probar siquiera que en esa casa no haya nacido el poeta. Finalmente, este documento tiene tres partes resolutivas. l.- se dice que la RDR. primigenia "No constituye un acto administrativo", posiblemente lo han formulado los ?marcianos o los viquingos?, el INC no tiene historia, comienza con los actuales directores." 2.- Resulta curioso y pintoresco cuando se dice que la RD se pronuncia sobre la desaprobación de la posibilidad de expropiación de la casa, se entiende del poeta. Aquí el INC(¿?) está desaprobando una posibilidad, algo que aún no existe". Luego viene lo "cantinflesco", dice textualmente: " "Debiendo de dar a entender que si bien no constituye dicha propiedad declarada (¿?) como monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación; sin embargo, se encuentra identificado como inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación". En qué quedamos ¿es o no es? 3.- Finaliza el mamotreto del INC repitiendo que la RDR, materia de este comentario, "queda sin efecto" "posiblemente por determinación del firmante" que alguna vez fue director del INC-Puno, Landa Gamio.
En resumen, están en el tapete del debate las dos resoluciones, la de hace 16 años y la que se difunde el 25 de marzo. La que defiende un patrimonio cultural de Puno y la que se fabrica bajo oscuros intereses que deben aclararse.

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