Ha sido acertada la medida de la Superintendencia Nacional de Migraciones de declarar la nulidad del proceso que por una resolución que decidía la expulsión de la activista venezolana, Paulina Facchin que lleva en nuestro país varios años. Dicho de otra manera, nos íbamos a meter en un auténtico problemón internacional que hubiera desprestigiado a la imagen del Estado peruano frente a la comunidad internacional, creyéndolo erróneamente un acto de la plena soberanía del Perú.

Aunque en el fondo lo hubiera sido, la medida estaba terminando por consumar una flagrante violación peruana de los tratados y otros instrumentos jurídicos internacionales que de manera expresa e indubitable prohíben la devolución de quienes se encuentran en territorio exógeno al lugar de origen por cuestiones asociadas a la persecución política o porque la integridad personal o la vida misma se hallen en completo peligro pudiendo ocasionar hasta la muerte si acaso es retornado al territorio del que partió contra su voluntad.

Aunque está muy asociado al derecho de asilo, institución de la cual América Latina ha sido fuente material o territorial de su creación y mayor aporte al derecho político y al derecho internacional, debemos comprender que el Principio de No devolución tiene muchísima fuerza y vigencia en el derecho internacional contemporáneo.

De hecho, no se discute en la doctrina del derecho de asilo o en la del derecho internacional de los refugiados que el protegido o quien se halle en otro territorio distinto al nacional o en el que tenía residencia habitual deba abandonarlo pues existiendo certeza indubitable de que producido el retorno forzado al país del que huyó, las amenazas y/o el acto persecutorio que motivaron su salida podrían dar paso a la violación de la referida integridad personal.

Cuando un Estado decide retirar la cualidad protectora a los extranjeros que se hallen en su territorio jamás debe entregarlos al Estado persecutor; al contrario, la traditio refiere de que el protegido o vulnerable negocie con otro Estado el ingreso en el nuevo territorio. El principio de No devolución es pétreo en el derecho internacional por lo que devolver a Paulina a la Venezuela coptada por el régimen de Nicolás Maduro será peor que dejarla a su suerte, es decir, será como arrastrarla a la boca del lobo. ¡Cuidado!