Con un fallo absolutamente vergonzoso, el JNE resolvió declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por el Partido Morado en contra de la Resolución de ROP que dispuso las cancelación de oficio del referido partido, por haber incurrido en la causal estipulada en el art. 13.a) de la Ley de Organizaciones Políticas que dispuso, con la modificación incorporada por Ley N° 30995, que: “La inscripción de un partido político se cancela en los siguientes casos: Si, al concluirse el último proceso de elección general, no se hubiese alcanzado al menos cinco (05) representantes al Congreso en más de una circunscripción y, al menos, cinco por ciento (5%) de los votos validos a nivel nacional en la elección del Congreso”. Como es de público conocimiento, aunque el P. Morado obtuvo el 5.423% de los votos a nivel nacional, solo obtuvo tres (03) escaños y en la circunscripción electoral de Lima. Su cancelación del ROP es, sin atisbo de duda, absolutamente legal.
Es entonces cuando interviene el ya controvertido JNE, vía recurso de apelación interpuesto por los morados, para decirnos que allí donde ‘dice’ “blanco” debe ‘leerse’ como “negro”. Con una argumentación rebuscada, trastoca el sentido de la conjunción copulativa “y”, que obliga al partido político a cumplir con ambos requisitos, para reducirlo a uno solo, favoreciendo indebida e ilegalmente su inscripción en el ROP.
En este caso en particular el Pleno del JNE ha infringido el deber a la “debida motivación” en sus resoluciones (conforme lo ha establecido el TC en el Caso Llamoja), en la modalidad de ‘falta de motivación interna del razonamiento’ por carecer de conexión lógica la inferencia, respecto de las premisas establecidas por tribunal electoral en su decisión.
El Código Penal dispone en su art. 418° que incurre en delito de prevaricato el juez (los miembros del JNE son jueces) que dicta resolución manifiestamente contraria al texto expreso y claro de la ley. Eso es exactamente lo que han hecho en la resolución que restituye la inscripción en el ROP del Partido Morado.
Este JNE absolutamente parcializado, se encuentra descalificado para conducir las próximas elecciones regionales y municipales. Las organizaciones políticas no deben permitirlo.