La ley que regula las elecciones primarias abiertas simultáneas y obligatorias (PASO) permite participar a los afiliados y “no afiliados”. La reforma materia de polémica añade dos modalidades para las elecciones internas. Al procedimiento establecido por la Ley de Organizaciones Políticas (Ley Nº28094), se añade la elección directa por los afiliados y una indirecta a cargo de sus delegados electos; ambas modalidades no afectan el propósito de estimular la democracia de partidos, como sí lo hace imponer un único modo cómo el Estado quiere que se realicen y sin respetar el contenido de la libertad de asociación.

Un problema será la intervención de activistas en redes y medios tradicionales (“troles” más “fake news”) desacreditando sin pruebas a los candidatos incómodos para una futura contienda en las elecciones presidenciales. En la actual legislación, otro riesgo de las PASO es “la presunción del ciudadano-afiliado” listo para ir a votar en “su partido”. La orfandad y desafección política, una alta mortalidad en los partidos, incluso los que fueron gobierno, hace de la condición de afiliado un “bien escaso” en nuestra comunidad política. En ese sentido, si no se añaden otras opciones a las PASO podría ocurrir que una cantidad significativa de “no afiliados” se presente sorpresiva,  direccionada y organizadamente, para votar por el candidato con menos probabilidad de ganar, excluyendo aquéllos que sí puedan tener la opción de llegar a la presidencia en las elecciones generales. La desnaturalización de las PASO no se produce tras añadirle otras modalidades de ejecución, sino cuando el Estado impone su procedimiento.

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