Ayer fue elegido (97 votos a favor y 26 en contra), el ingeniero Francisco Sagasti Hochhausler, presidente del Congreso de la República, y conforme la línea de sucesión de mando prevista en el artículo 115 de la Constitución Política de 1993, por los acontecimientos que todos conocemos, ipso iure se convertirá el día de hoy en presidente de la República interino -no será encargado de la presidencia y mucho menos del despacho presidencial- pues ha asumido las plenas funciones de jefe de Estado, y por tanto, la exclusiva personificación de la Nación.

La calidad de ser mandatario interino, que no es un término previsto en nuestra Carta Magna, es compatible y coherente con la naturaleza finita o temporal del cargo que inexorablemente concluirá el 28 de julio de 2021, luego de 8 meses 11 días de gobierno, contados a partir de hoy.

En esa cualidad jurídico-constitucional, el señor Sagasti juramenta el cargo, recibiendo la banda presidencial en acto ad solemnitatem ante el pleno de la Representación Nacional, y lo hará en idéntica formalidad que el presidente de la República al asumir el mando en condiciones regulares.

El acto jurídico que lo ha ungido en el más alto cargo del Estado acabó de iure con el denominado vacío del poder, es decir, con la circunstancia social y política relevante por la inexistencia de un origen para el dictado de actos mandatorios, propios de la gobernanza intraestatal, que tienen una incontrastable carga de cumplimiento imperativo u obligatorio.

El vacío del poder que tuvimos desde la renuncia del señor Manuel Merino el último domingo hasta la tarde de ayer, y en rigor hasta el instante mismo anterior a la juramentación de Sagasti como presidente del Perú, generó un marco de incertidumbre con riesgoso impacto en el orden social nacional. El estado anterior ha concluido al emerger la autoridad jurídicamente constituida con capacidad para dictar órdenes a los gobernados.

Por eso solamente a la autoridad se debe obediencia. En ese marco, los actos de Sagasti producirán consecuencias jurídicas de Estado, quedando, finalmente, las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, plenamente subordinadas a su nuevo jefe Supremo.