El Jurado Nacional de Elecciones declaró nulo el procedimiento de vacancia contra el alcalde, Rogelio Ralvis Trelles Saavedra y autorizó la devolución del expediente al Concejo Provincial de Talara, para volver a someterlo a evaluación. Esta disposición se ha dado por Resolución Nº 0085-2013-JNE.
HISTORIA. Como se recuerda el tercer pedido de vacancia que afrontó el burgomaestre fue presentado por Alejandro Vílchez Pardo, quien acusó a la autoridad edil de adquirir sin requisito de subasta pública un terreno de propiedad municipal, con el agravante de haber construido en dicha propiedad, lo cual fue rechazado por el pleno del concejo en una Sesión Extraordinaria del día 19 de noviembre de 2012.
Ante esto, Vílchez Pardo, el 18 de diciembre de 2012, presentó un recurso de apelación contra el Acuerdo de Concejo N.° 2010-11-2012-MPT, que rechazó la solicitud de vacancia de Rogelio Ralvis Trelles Saavedra, por haber incurrido en la causal establecida en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Sin embargo, el presidente del JNE, Francisco Távara Córdova, en una revisión al caso, a solicitud de la Coordinadora Nacional Anticorrupción, declaró nulo dicho proceso por considerar que no existen documentos que acrediten que los inmuebles a los que se hace referencia en la solicitud de vacancia hayan sido o sean de propiedad de la Municipalidad Provincial de Talara; así como tampoco se acredita que César Augusto Chiroque Cruz, Luis Eduardo Céspedes Castillo, y el propio alcalde provincial, hayan venido siendo posesionarios de los mismos, y que hayan adquirido la propiedad por prescripción adquisitiva, y posteriormente se hayan adjudicados dichos inmuebles en virtud del Acuerdo de Concejo N.° 79-07-2011-MPT.
Asimismo se tuvo en cuenta que los miembros del municipio no gestionan la incorporación de documentos relacionados a la vacancia, dado que se encuentran en poder de la comuna, entre los cuales se señala, la certificación de que los inmuebles a los que se hace mención en el pedido de vacancia son de propiedad de la Municipalidad, así como que César Augusto Chiroque Cruz, Luis Eduardo Céspedes Castillo y el alcalde Trelles eran posesionarias de dichos inmuebles y finalmente la documentación pertinente al hecho de si dichas personas obtuvieron la propiedad por prescripción adquisitiva o por venta directa.