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Cancillería restricciones normativas de donaciones a Venezuela

El Ministerio de Relaciones Exteriores aclaró que, debido a las restricciones establecidas en la normativa vigente, la institución no está facultada para recibir ni trasladar bienes físicos de privados.
  • Vraem: Desmantelan laboratorio de droga con 5 toneladas de hoja de coca en Junín
  • Terremotos en Venezuela: avión FAP con 14 toneladas de ayuda humanitaria aterrizó en Caracas
(Foto: Cancillería)

Redacción Diario Correo

Actualizado el 28/06/2026, 09:54 p.m.
  • Vraem: Desmantelan laboratorio de droga con 5 toneladas de hoja de coca en Junín
  • Terremotos en Venezuela: avión FAP con 14 toneladas de ayuda humanitaria aterrizó en Caracas

Ante las reiteradas consultas de empresas, gremios y asociaciones civiles interesadas en enviar ayuda humanitaria a Venezuela tras los terremotos, el Ministerio de Relaciones Exteriores precisó que la normativa peruana vigente no le permite recibir, almacenar ni transportar bienes físicos entregados por entidades privadas o ciudadanos. La Cancillería explicó que la legislación actual restringe la recepción directa de donaciones materiales de origen privado por parte del Estado.

Según fuentes oficiales, el comunicado busca orientar el apoyo de la ciudadanía hacia canales de asistencia internacional que resulten efectivos. Por ello, la Cancillería indicó que toda ayuda dirigida a Venezuela debe efectuarse mediante las plataformas oficiales de recaudación habilitadas por el sistema internacional.

La entidad indicó que la asistencia internacional se mantendrá a través de las plataformas financieras autorizadas por los organismos que trabajan en la zona del desastre. En esa línea, señaló que la sede de la Cancillería en Lima no recibe víveres ni vestimenta por las restricciones legales vigentes.

La Oficina de la Coordinadora Residente del Sistema de las Naciones Unidas en el Perú señaló que el Fondo Humanitario para Venezuela tiene habilitado un canal oficial para recibir donaciones económicas de forma segura. Asimismo, indicó que los fondos son transferidos directamente a las cuentas de los organismos internacionales que lideran la respuesta humanitaria.

Las empresas y ciudadanos que deseen realizar aportes al Fondo Humanitario para Venezuela deben comunicarse a través del correo institucional crisisrelief@un.org para gestionar las transferencias. Según se informó, este fondo financia asistencia vital, atención médica de emergencia, acceso a agua potable, educación y medios de subsistencia mediante organizaciones no gubernamentales locales de confianza.

Además del Fondo Humanitario para Venezuela, otras agencias, fondos y programas de las Naciones Unidas con presencia en el país también están habilitados para recibir aportes económicos de donantes peruanos. Entre ellos figuran la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR), el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM). Asimismo, el Programa Mundial de Alimentos (PMA) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) permiten realizar donaciones a través de sus plataformas oficiales.

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) también habilitó cuentas bancarias en el Banco de Crédito del Perú (BCP) para canalizar las donaciones económicas desde el país. En el caso de los aportes en moneda nacional, puso a disposición la cuenta corriente en soles N.° 193-0047766-0-83, con Código de Cuenta Interbancaria (CCI) 00219300004776608311.

Para quienes deseen realizar aportes en moneda extranjera, Unicef habilitó la cuenta en dólares del Banco de Crédito del Perú (BCP) N.° 193-0090178-1-97, con Código de Cuenta Interbancaria (CCI) 00219300009017819711. Además, con el objetivo de facilitar las donaciones de los ciudadanos, la organización puso a disposición el número de Yape 989598879.

La Cancillería reafirmó su compromiso de continuar apoyando la respuesta humanitaria en Venezuela. En esa línea, indicó que seguirá promoviendo los canales oficiales de donación de las Naciones Unidas durante el tiempo que dure la crisis humanitaria.

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El Ministerio de Relaciones Exteriores aclaró que, debido a las restricciones establecidas en la normativa vigente, la institución no está facultada para recibir ni trasladar bienes físicos de privados.
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