Las personas que infrinjan este estado de emergencia serán puestos a disposición de la comisaría más cercana y podrán ser detenidos hasta por 48 horas. (Foto: GEC)
Las personas que infrinjan este estado de emergencia serán puestos a disposición de la comisaría más cercana y podrán ser detenidos hasta por 48 horas. (Foto: GEC)

El y el difundió este miércoles las medidas para cumplir el estado de emergencia, la inmovilización obligatoria y la prohibición del tránsito de los vehículos particulares.

En una nota de prensa indicaron que el personal y vehículos que pueden circular las 24 horas debidamente acreditados son los vinculados a los servicios de abastecimientos de alimentos, abastecimientos de medicinas, , saneamiento, energía eléctrica, gas e hidrocarburos, limpieza y recojo de residuos sólidos.

La misma autorización se produce para quienes brindan servicios de telecomunicaciones, funerarios, de transporte de carga, mercancías y actividades conexas, según lo estipulado por el ministerio de transporte, personal de medios de comunicación, y de traslado de chóferes de servicio urbano masivo.

En cuanto a los vehículos que pueden circular de 5 a.m. y las 8 p.m. ambos ministerios precisaron que se mantendrán los servicios de transporte urbano masivo de pasajeros autorizados, de traslado de trabajadores de empresa, de taxi registrados y autorizados, de vehículos oficiales de transporte de personal de salud, y de organismos del Estado debidamente acreditados, y de vehículos particulares del personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participan en los operativos.

Respecto a los traslados de emergencia, se precisó que si se va en vehículo estos deben de ir a 30 km/h con luces interiores prendidas e intermitentes y en caso vaya a pie se debe tener un pañuelo o prenda color blanco para identificarse.

Finalmente, el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Defensa indicaron que en caso no se respete esta norma en vehículos particulares se sancionará con la retención de la Tarjeta de Propiedad y Licencia de Conducir y la imposición de la infracción M41, sancionada con una multa de S/ 6,300.00. En cuanto a las personas que infrinjan este estado de emergencia serán puestos a disposición de la comisaría más cercana y podrán ser detenidos hasta por 48 horas.

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