Según el Decreto Supremo 019-2011-PCM, publicado el pasado 6 de marzo, los trabajadores del sector público disfrutarán de un fin de semana largo a partir del sábado 27 hasta el 30 de agosto, gracias al feriado puente del lunes 29 dispuesto a fin de estimular el turismo interno.
La ordenanza precisa que las horas dejadas de trabajar ese día serán compensadas en la semana posterior, o de acuerdo con lo que disponga el titular de cada entidad pública, en función de sus propias necesidades.
Mientras que el sector privado también podrá acogerse a este beneficio, previo convenio entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán acordar la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar. A falta de acuerdo decidirá el empleador.
En el decreto mencionado se oficializaron como feriados no laborables cinco días de este año: el lunes 2 de mayo, 29 de agosto y 31 de octubre, así como los viernes 23 y 30 de diciembre. Para fines tributarios, estos días serán considerados hábiles.
:quality(75)/arc-anglerfish-arc2-prod-elcomercio.s3.amazonaws.com/public/5BJ25AH55RAX7GHVQVS6BOH3W4.jpg)
Declaran feriado del 27 al 30 de agosto para el Sector Público
NO TE PIERDAS

