JEE de Lima Centro declara improcedente candidatura de Enrique Cornejo
JEE de Lima Centro declara improcedente candidatura de Enrique Cornejo

El Jurado Especial de Lima Centro declaró ayer improcedente la solicitud de inscripción de la lista de Enrique Cornejo, candidato de Democracia Directa, a la alcaldía de Lima. 

El Jurado Electoral consideró que las elecciones internas convocadas por el Comité Electoral Nacional fueron ilegítimas pues este órgano no estaba facultado por sus estatutos a elegir a los candidatos a las diferentes alcaldías.

“La Organización Política Democracia Directa no ha respetado el procedimiento establecido en su estatuto al haber incumplido en elegir en el periodo establecido a sus nuevos directivos e inscribir a los mismos en el Registro de Organizaciones Políticas-ROP por lo que al no ser inscrito el Comité Electoral Nacional, sus actos carecen de validez”, señala la resolución 0209-2018 emitida por el referido jurado. Al cierre de esta edición, el candidato Cornejo no se había pronunciado.

NOTA PREVIA

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista del candidato , a la alcaldía de Lima, por Democracia Directa.

El político y exministro aprista había solicitado su inscripción para poder alcanzar el sillón municipal de la capital.

JEE de Lima Centro declaró improcedente dicha lista considerando que en las elecciones internas, esa agrupación política "no ha respetado el procedimiento preestablecido en su estatuto".

La resolución señala que, del análisis efectuado se encuentra acreditada la contravención al numeral 1 del artículo 21° del Estatuto de la organización política Democracia Directa.

"Quedando claro que el Comité Electoral Nacional y sus órganos electorales descentralizados no tienen la facultad de elegir a los candidatos en el presente proceso electoral, al haber vencido su mandato con anterioridad a la fecha del acto de elección interna; con lo que la Organización Política Democracia Directa, no ha respetado el procedimiento preestablecido en su estatuto, al haber incumplido con elegir en el periodo establecido a sus nuevos directivos e inscribir a los mismos en el Registro de Organizaciones Políticas – ROP, por lo que al no ser inscrito el Comité Electoral Nacional, sus actos carecen de validez", se lee en el documento.