Tribunal Constitucional ordenó suspender el cobro en el peaje de Puente Piedra de Rutas de Lima.
Tribunal Constitucional ordenó suspender el cobro en el peaje de Puente Piedra de Rutas de Lima.

Tras la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de ordenar la suspensión temporal del cobro de peajes en Puente Piedra, la Defensoría del Pueblo también emitió su opinión al respecto.

MIRA: TC ordena a Rutas de Lima suspender cobro de peaje en Puente Piedra

A través de sus redes sociales, el organismo resaltó la sentencia del TC, destacando que esta acogió “varios argumentos presentados por la institución en un amicus curiae ante dicho organismo”.

En su publicación, Defensoría del Pueblo explicó que su posición se basó en tres audiencias donde se expusieron los resultados de la supervisión a la zona de peajes. En estas audiencias se “evidenció cómo se veían afectados derechos fundamentales como el acceso a la educación, la salud y la libertad de tránsito de ciudadanos en situación de vulnerabilidad”.

La decisión del Tribunal Constitucional se fundamentó en la vulneración del derecho fundamental al libre tránsito de los residentes de Puente Piedra y de los usuarios que circulan por esa vía concesionada.

Esta medida se mantendrá vigente hasta que se tomen las medidas necesarias para detener el acto lesivo contra la libertad de tránsito, o hasta que la justicia penal emita pronunciamientos judiciales definitivos sobre la legalidad del contrato de concesión y sus adendas.

Tribunal Constitucional ordena suspender cobro en peaje de Puente Piedra

El Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia que declara fundada parcialmente la demanda de habeas corpus colectivo presentada contra Rutas de Lima SAC, ordenando la suspensión del cobro del peaje en la unidad de Chillón, situada en Puente Piedra. Esta decisión responde a la vulneración del derecho al libre tránsito de los residentes de Puente Piedra y usuarios de esa vía, según considera el TC. La medida se mantendrá hasta que se tomen acciones para cesar el acto lesivo o hasta que la justicia penal emita pronunciamientos al respecto.

Además, el Tribunal Constitucional insta al Poder Judicial y al Ministerio Público a resolver con celeridad los procesos penales relacionados con los exfuncionarios de la Municipalidad Metropolitana de Lima y otras personas implicadas en la celebración del contrato de concesión y sus adendas. También condena a Rutas de Lima SAC y a la MML al pago de los costos procesales. Este fallo busca esclarecer las circunstancias en torno al contrato de concesión del peaje, enfatizando la necesidad de combatir la corrupción según los deberes constitucionales.

El TC también señala las consecuencias negativas de la falta de rutas alternativas para los residentes de Puente Piedra, quienes se ven limitados en su libre tránsito y calidad de vida. La implementación del contrato de concesión afecta de manera desproporcionada el derecho al libre tránsito de los residentes, obligándolos a realizar desplazamientos innecesarios y afectando su cotidianidad. Además, se destaca la insuficiencia de las rutas alternativas propuestas para compensar esta limitación, lo que agrava la situación para los habitantes de la zona.

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