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El  (TC) ordenó ayer que continúe la inscripción de los aportantes al ex Fondo Nacional de Vivienda () hasta el 2018.

Es decir, si alguien no pudo inscribirse hasta el 31 de agosto último podrá hacerlo en los próximos años.

Apunte. “El plazo de la inscripción de fonavistas vencerá el 31 de agosto de cada año, para la programación presupuestal del año siguiente, hasta completar los ocho años fijados por la ley. Es decir, hasta el año 2018”, precisa la resolución que declara fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad presentada por la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú (ANFPP) en contra de la 72° disposición complementaria del Presupuesto 2014".

Según el TC, “el hecho de cerrar la lista el 31 de agosto del 2014 constituía una restricción indebida del derecho de propiedad”, como reclamaban los fonavistas.

Hace hincapié en que la devolución comprenderá la totalidad de las contribuciones y recaudos de los trabajadores dependientes, siendo los beneficiarios aquellos que se encuentren en el respectivo padrón de beneficiarios.

Sin embargo, excluye a quienes directa o indirectamente se hubieran beneficiado con dichos recursos.

Así como el TC dispone la devolución de todos los aportes recaudados de los trabajadores, también ordena excluir los aportes de los empleadores y del Estado.

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