Ejecutivo crea nuevos tipos de visas para los extranjeros que lleguen al país
Ejecutivo crea nuevos tipos de visas para los extranjeros que lleguen al país

La nueva Ley de Migraciones, aprobada el fin de semana pasado por el Poder Ejecutivo, ha corregido varios de los vicios que contenía la hoy derogada Ley de Extranjería, según han analizado expertos en el tema.

La norma vigente, además de crear nuevas calidades migratorias, ha vuelto más flexibles los trámites para migrantes en condición irregular. También ha establecido sanciones proporcionales a las faltas administrativas que antes se castigaban con la expulsión definitiva.

En total se han añadido once visas principales para migrantes y una nueva categoría migratoria, que se suma a las 2 ya existentes (ver infografía).

Visitantes. En la antigua Ley de Extranjería, que estuvo vigente desde 1991 y era considerada obsoleta, se distinguían las categorías de “temporal” y “residente”. Ambas permitían al extranjero estudiar o realizar actividades lucrativas.

La nueva norma considera una tercera: la de “visitante”, que se otorgará a quienes lleguen al país para estancias cortas (hasta 90 días para turistas y hasta 365 días para otras actividades).

En la categoría “temporal” se han incluido seis nuevas calidades: visa para estudios, inversionistas, negocios, trabajadores, trabajadores designados o trabajadores de estancia corta. En la mayoría de ellas la permanencia máxima es de 365 días.

Estas nuevas figuras migratorias, considera el experto laboralista Jaime Cuzquén, buscan flexibilizar el ingreso de extranjeros por plazos cortos.

Residentes. Desde la entrada en vigencia de la nueva ley, los extranjeros residentes podrán ser considerados “provisionales” con permanencia de dos o un año, según la actividad a desarrollar. Recién tras cumplir dos años en esa condición podrán obtener la residencia permanente.

Se han incluido también otras calidades más específicas, según detalla Cuzquén, entre ellas la calidad migratoria “temporal-suspendida”, “temporal-talento corto plazo”, “temporal-acuerdos internacionales”.

Todos estos cambios, declaró el parlamentario andino Alberto Adrianzén, permitirán “garantizar el respeto a los derechos humanos de los migrantes extranjeros y sus familiares, que durante mucho tiempo fueron socavados”.

Consideró positivo que la norma establezca diferencias para las faltas administrativas (trámites de documentos) de aquellas de índole penal (delitos). En la antigua ley, ambos tipos de infracciones se castigaban con la expulsión.

La nueva ley dispone que los extranjeros con categorías migratorias “temporal” y “residente”, con permisos vencidos de permanencia mayores a 90 días, podrán regularizar su situación de acuerdo con las normas que dictará el Ministerio del Interior (Mininter).

A similar beneficio podrán acceder quienes tengan las categorías de “visitante” y “temporal”, con permisos caducos menores a 90 días. En este caso, podrán subsanar su situación previo pago de una multa y según las disposiciones del Mininter.

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