Los miembros de mesa son los encargados de instalar la mesa de sufragio y recibir los votos de los electores para luego escrutarlos y contarlos (Foto: ONPE)
Los miembros de mesa son los encargados de instalar la mesa de sufragio y recibir los votos de los electores para luego escrutarlos y contarlos (Foto: ONPE)

Las se llevarán a cabo el domingo 2 de octubre, fecha en la que millones de peruanos acudirán a las urnas para elegir a los próximos gobernadores regionales y alcaldes, distritales y provinciales, por los siguientes cuatro años. Debido a que todo va quedando listo para el proceso electoral, muchos se preguntan desde ahora si fueron elegidos miembros de mesa con el fin de que puedan cumplir a cabalidad sus funciones ese día.

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Si también eres uno de los electores que se hace la misma interrogante, te informamos que, hasta el momento, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aún no ha realizado el sorteo respectivo para nombrar a los miembros de mesa, titulares y suplentes. Este acto lo hará máximo el 24 de julio.

Una vez que se tengan los nombres de quienes fueron designados para esa labor en los comicios, se otorgará un tiempo limitado para presentar tachas a las mismas y luego recién dar a conocer la lista final. Hasta que llegue la fecha de la elección de los miembros de mesa, te damos a conocer qué funciones cumplen, si no acuden el día de las elecciones ¿qué pasa? y mucho más.

El rol de los miembros de mesa el día de los comicios, el próximo 2 de octubre, será muy importante (Foto: ONPE)
El rol de los miembros de mesa el día de los comicios, el próximo 2 de octubre, será muy importante (Foto: ONPE)

¿CÓMO SE ELIGE A LOS MIEMBROS DE MESA?

Los miembros de mesa para las Elecciones Regionales y Municipales 2022 del próximo 2 de octubre son elegidos mediante un sorteo a cargo de la ONPE y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

Representantes de ambas entidades elegirán por cada mesa tres miembros titulares y tres suplentes.

¿QUIÉNES SON ELEGIDOS COMO MIEMBROS DE MESA?

Para el proceso electoral, se elige, de preferencia, a los ciudadanos con mayor grado de instrucción de la mesa correspondiente o a los que aún no hayan realizado dicha labor.

El cargo de miembro de mesa es irrenunciable (Foto: ONPE)
El cargo de miembro de mesa es irrenunciable (Foto: ONPE)

¿QUIÉNES NO PUEDEN SER ELEGIDOS MIEMBROS DE MESA?

Hay ciudadanos que de ninguna manera deben ser elegidos miembros de mesa. La ONPE detalló quiénes pertenecen a este grupo:

  • Los candidatos y personeros de las organizaciones políticas.
  • Los funcionarios y empleados de los organismos que conforman el Sistema Electoral peruano.
  • Los miembros del Ministerio Público que, durante la jornada electoral, realizan funciones relacionadas con la prevención e investigación de los delitos electorales.
  • Los funcionarios de la Defensoría del Pueblo que realizan supervisión electoral.
  • Las autoridades políticas.
  • Las autoridades o representantes provenientes de elección popular.
  • Los ciudadanos que integran los comités directivos de las organizaciones políticas inscritas en el Jurado Nacional de Elecciones.
  • Los cónyuges y parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad entre los miembros de una misma mesa.
  • Los cónyuges y parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad de los candidatos que residen en el ámbito de la jurisdicción en la cual postulan.
  • Los electores temporalmente ausentes de la República, de acuerdo con las relaciones correspondientes que remita el Reniec.
  • Los miembros en actividad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que realicen actividades relacionadas con el desarrollo de los procesos electorales.
  • Los miembros del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.
Los miembros verifican que el material de la ONPE esté en buen estado e instalan la mesa de votación para recibir a los electores (Foto: ONPE)
Los miembros verifican que el material de la ONPE esté en buen estado e instalan la mesa de votación para recibir a los electores (Foto: ONPE)

SI SALGO ELEGIDO MIEMBRO DE MESA, ¿PUEDO PEDIR QUE ME EXCLUYAN?

Lo primero que debes saber es que el cargo de miembro de mesa es irrenunciable. Aunque hay excepciones como los casos de notorio o grave impedimento físico o mental, necesidad de ausentarse del país o ser mayor de 70 años de edad; además de los señalados en el punto anterior.

¿QUÉ PASA SI NO CUMPLO CON MI DEBER DE MIEMBRO DE MESA?

Como ya mencionamos que este cargo es irrenunciable y de suma importancia para el desarrollo de los comicios, si aún así decides no cumplir con tu deber, tendrás que pagar una multa económica.

  • Si fuiste sorteado miembro de mesa, titular o suplente, y no te presentas a ejercer esta función pagarás una multa de S/ 220.
  • Si, además, no asistes a votar, pagarás una segunda multa por elector omiso. De lo contrario, solo pagarás la multa de miembro de mesa.

¿Cuáles son las multas para los electores omisos?

La Ley Orgánica de Elecciones (artículo 9) precisa que los ciudadanos con derechos civiles vigentes están obligados a votar. Para los mayores de setenta años, el voto es facultativo. Si no sufragas pagarás una multa en la siguiente escala:

  • Si vives en distrito no pobre: S/ 88
  • Si vives en distrito pobre no extremo: S/ 44
  • Si vives en distrito pobre extremo: S/ 22
El presidente asume la representación de la mesa y la conducción de los actos principales. El secretario y el tercer miembro tienen la obligación de permanecer junto al presidente apoyando las tareas de instalación, sufragio y escrutinio (Foto: Andina)
El presidente asume la representación de la mesa y la conducción de los actos principales. El secretario y el tercer miembro tienen la obligación de permanecer junto al presidente apoyando las tareas de instalación, sufragio y escrutinio (Foto: Andina)

CRONOGRAMA PARA LAS ELECCIONES 2022

Para que todo el proceso electoral se desarrolle de la mejor manera, la ONPE estableció un cronograma:

  • 3 de junio: hasta las 11:59 p.m. estará disponible la opción “Elige tu local de votación”.
  • 7 de junio: fecha límite para la publicación de resultados de elecciones internas.
  • 14 de junio: fecha de cierre del registro de organizaciones políticas.
  • 24 de julio: fecha máxima para el sorteo de los miembros de mesa.
  • 3 de agosto: fecha límite para la publicación de fórmulas y listas admitidas, así como para la renuncia y retiro de candidatos.
  • 18 de agosto: fecha límite para resolver tachas en primera instancia, exclusiones de candidatos por DJHV y dádivas en el mismo plano.
  • 2 de setiembre: fecha límite para resolver apelaciones sobre tachas y exclusión de candidatos por DJHV y dádivas.
  • 1 de octubre: fecha límite de exclusión por situación jurídica de candidato.
  • 2 de octubre: Elecciones Regionales y Municipales 2022.