​En solo 17 minutos lo sentencian por no pasar alimentos
​En solo 17 minutos lo sentencian por no pasar alimentos

En tiempo récord y audiencia pública que sólo duró 17 minutos, condenaron a Elvin Joel Merjildo Santana a un año de pena privativa de la libertad suspendida, por el período de prueba de un año, y al pago de 100 soles por concepto de reparación; ello por no pasar la pensión alimenticia a su hijo.

LOS HECHOS. El acusado fue demandado por alimentos ante el Juzgado de Paz Letrado de Chupaca, se comprometió a pagar una pensión de alimentos de S/. 180 soles mensuales.

Asimismo, acordó pasarle a su ex pareja S/300 adicionales para comprar útiles escolares, sin embargo desde el 3 de octubre del 2013 el sentenciado dejó de abonar este monto a su menor hijo.

Con el tiempo, la cifra se acumuló y le fue requerido al acusado mediante resolución por el juzgado, a lo que hizo caso omiso.

Así, el Ministerio Público solicitó la pena de un año por la comisión de este delito y una reparación civil de doscientos soles.

SENTENCIA. Por ello, el juez del Juzgado Unipersonal de la provincia de Chupaca, Mario Curiñaupa Medina, lo sentenció.

En la audiencia estuvo presente el representante del Ministerio Público, quien refirió estar conforme con la sentencia.

Luego de escuchar la disposición del juez Elvin Joel Merjildo Santana, a través de su abogado defensor, declaró consentida la sentencia, la misma que tiene calidad de cosa juzgada.

A TENER PRESENTE. El plazo para el cobro de la pensión alimenticia es imprescriptible, así lo dispone un dictamen aprobado por la Comisión de la Mujer y Familia del Congreso de la República. Por ello, es importante que los deudores alimentarios tengan presente que sí o sí, deben cumplir sus obligaciones con sus hijos.

PRECISIÓN. Si necesita que el padre o la madre de su hijo cumpla con otorgarle una pensión por alimentos, no es necesario que recurra al Poder Judicial.

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