El Ministerio Público solicitó formalmente al Poder Judicial que proceda a ejecutar la sentencia impuesta por la Segunda Sala de Apelaciones contra el alcalde de Chiclayo, Roberto Torres Gonzáles.

Esto, luego que en la víspera la Sala de Derecho Constitucional declarara improcedente la acción de amparo que anulaba la sentencia impuesta contra Roberto Torres, el pasado 22 de mayo, de 2 años de prisión suspendida e inhabilitación para ejercer cualquier cargo público, tras ser hallado culpable del delito de peculado de uso.

Este requerimiento fiscal fue presentado por el titular de la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Chiclayo, Javier Quiroz Grosso, ante el Sexto Juzgado de Investigaciones Preparatoria donde despacha la jueza Yolanda Gil Ludeña.

PEDIDOS. En el documento fiscal, Quiroz Grosso solicita al Poder Judicial la ejecución de la sentencia, y además que exhorte al sentenciado Roberto Torres a cumplir las reglas de conducta que se le impuso, y pague los 6 mil soles de reparación civil.

Se solicita, además, que la jueza Yolanda Gil dé un plazo de 48 horas al sentenciado alcalde de Chiclayo para que ponga su cargo a disposición por encontrarse inhabilitado para seguir en la alcaldía, bajo apercibimiento de ser denunciado por desobediencia y resistencia a la autoridad.

CAUTELAR. Respecto a la segunda medida cautelar que -según Roberto Torres le permite seguir en el cargo- el fiscal Javier Quiroz sostiene que ésta ha quedado sin efecto al haberse declarado improcedente la sentencia de la acción de amparo.

Los argumentos esgrimidos por Quiroz Groso señalan: "Esta segunda medida cautelar se ha emitido dentro de un mismo proceso de amparo, no hay un proceso aparte, consecuentemente esta medida cautelar depende del expediente principal, y la demanda de amparo ha sido declarado improcedente, con esto la medida cautelar cae por sí misma".

Por último, Quiroz Grosso explica en su documento que el Código Procesal Civil señala que las medidas cautelares contra los poderes del Estado no proceden.

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