En la playa Carpayo, en el Callao, la arena es como un recuerdo que, con el tiempo, se ha perdido en el infame título que hoy ostenta: el “balneario” más contaminado del continente. Quienes se atreven a entrar caminan siempre entre palos de madera, piedras partidas, restos de paredes rotas, plásticos y fierros oxidados.
Hace una semana, a propósito de una campaña de limpieza en dicho lugar, un problema tan evidente como antiguo motivó un renovado debate: ¿quién es responsable de fiscalizar la gestión de los residuos que genera la industria de la construcción? ¿Cómo evitar que estos acaben en playas, botaderos informales o, como ocurre ahora, en la vía pública?
Sobre el papel, las obligaciones son claras, aunque compartidas, y la solución salta a la vista: mejor fiscalización.
NORMAS. Durante 2015, según datos del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), solo 13 de los 49 distritos de Lima Metropolitana y el Callao realizaron acciones de control en generación, transporte y disposición de residuos de la construcción y demolición.
En el país, la legislación sobre el tema es reciente. El Ministerio de Vivienda, como ente rector, aprobó en 2013 el reglamento que regula el proceso completo (ver infografía).
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El segundo documento clave es la ordenanza Nº 1778 de la Municipalidad de Lima, reglamentada y vigente desde el 30 de diciembre de 2015.
“Los generadores de residuos aún no tienen una conciencia sobre el tema. Falta difundir las normas y fiscalizar que se cumplan. En el Perú estamos muy lejos de tener un adecuado manejo de estos desechos”, evalúa Emilio Santa María, representante de la Cámara Peruana de la Construcción (Capeco). Prueba de ello, asegura, son algunas playas de Magdalena, San Miguel y Callao, donde el desmonte y los escombros se acumulan.
“En general las normas son bastante completas porque cubren todos los ángulos, pero son en exceso detallistas en ciertos aspectos, lo que dificulta su aplicación y la fiscalización”, añade Santa María.
Para Diethell Columbus, experto en derecho municipal, la norma es ineficiente porque las competencias de las instituciones involucradas, en algunos casos, se superponen.
“Intervienen muchas autoridades y ninguna resuelve el problema de fondo: evitar que los ciudadanos sean afectados por enormes montículos de desechos”, asegura.
Un ejemplo es la facultad sancionadora que comparten los ministerios de Vivienda y Ambiente, además de los municipios. Si una de estas instituciones impone una sanción, las otras deberán abstenerse de actuar cuando el sujeto, el hecho imputado y el fundamento jurídico sean idénticos.
Siguiendo ese razonamiento legal, “si una comuna impone una sanción y es leve en comparación con la que podría imponer otra entidad, se respetará la primera”, explica.
CONTROL. Arturo Alfaro, presidente de la ONG Vida, considera que el problema es, más que un asunto de regulación, la fiscalización y la responsabilidad empresarial.
“El problema está en que no se interviene, no se fiscaliza. Se culpa mucho a los alcaldes y autoridades que permiten el arrojo de desmonte, pero quienes hacen el daño son las constructoras que incumplen las normas sabiendo las consecuencias”, dice Alfaro.
La Municipalidad de Magdalena durante 2015 multó solo a tres camiones que arrojaban desmonte a la playa. La sanción fue de S/3850.
En mayo de ese mismo año, OEFA denunció al municipio porque dichos vehículos, para llegar al borde costero, atravesaban un local edil.
En 2012, la misma entidad acusó a la Municipalidad de San Miguel de incumplir sus labores de fiscalización. La comuna presentó sus descargos. Dos años después, en mayo de 2014, el Ministerio Público archivó el caso y no formuló denuncia.
Desde la perspectiva de Alfaro, el arrojo de desmonte puede ser tan perjudicial como la minería ilegal, la tala de árboles u otros atentados contra el ambiente.
“Hace falta un fiscalización firme. No se trata de hacer explotar los volquetes en la Costa Verde, pero por lo menos internarlos en el depósito. Si se les detecta, se podría juzgar a los responsables con la Ley de Flagrancia y condenarlos en 72 horas por daño ambiental”, indica. Para Capeco, la “decisión” se traduce en tres aspectos: mejor coordinación y distribución de competencias entre autoridades, más presupuesto para actividades de fiscalización y promover la especialización del personal de esas áreas.
Capeco ha elaborado, anunció Santa María, propuestas para modificar el reglamento de gestión. Según argumenta, la especificidad de la norma ha impedido la creación de espacios adecuados para recibir materiales de construcción. Los rellenos de seguridad, escombreras, plantas de reaprovechamiento son infraestructura escasa en Lima. Como consecuencia, han proliferado locales informales que no frenan la contaminación.
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