Produce estableció el límite de captura de los recursos jurel (Trachurus murphyi) y caballa (Scomber japonicus) en 104,000 y 48,000 toneladas, respectivamente.
Los armadores o empresas pesqueras que se dediquen a la actividad extractiva de jurel y caballa deben brindar acomodación y las facilidades que se requiera durante las operaciones de pesca, para el embarque de personal científico de investigación del Imarpe o de inspectores a bordo del Produce, cuando estas entidades así lo requieran.
El Imarpe señaló que la Captura Total Permisible (CTP) estimada para el stock peruano del recurso jurel es de 130,000 t.