El  informó que el Poder Judicial ordenó la suspensión de 56 procedimientos de ejecución coactiva iniciados por ese organismo contra un grupo de compañías , es decir, ahora las empresas infractoras por daños ambientales no pagarán sus multas.

La suspensión de los procedimientos de ejecución coactiva tiene como consecuencia que el OEFA se vea imposibilitado de cobrar las multas cuyo destino podría ser la remediación ambiental, postergando de este modo la corrección de los daños ocasionados en el ambiente.

Mediante un comunicado de prensa, el OEFA explicó que las compañías mineras presentaron un recurso de amparo ante el magistrado del Quinto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, Hugo Rodolfo Velásquez Zavaleta, el pasado 2 de julio.

Velásquez Zavaleta ordenó la suspensión de 56 procedimientos de ejecución coactiva que había iniciado el OEFA. Dentro del grupo de empresas que ya no pagarán sus multas por infracciones ambientales, cinco de ellas cuentan con cuatro pronunciamientos en su contra, dos en la vía administrativa y dos en el Poder Judicial. Entre ellas figuran Gold Fields, Volcán, Poderosa, Chungar y Caudalosa, según indica el organismo de fiscalización ambiental.

Asimismo, indica que algunas de las empresas antes mencionadas han interpuesto recursos de "casación" para dilatar el proceso tanto a nivel administrativo como judicial.

"Cabe señalar que estas empresas para dilatar el proceso han interpuesto recursos de casación, en los cuales no se analiza el fondo del asunto. Por ende, ha quedado demostrada, tanto a nivel administrativo como judicial, la responsabilidad de dichas empresas", menciona el documento del OEFA. 

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