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Sandra Gutiérrez, asesora legal de Promsex, explicó cuál es el trámite que deben seguir las personas transexuales que deseen cambiar de género en sus documentos de identidad.

Como es sabido, una reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) reconoce el derecho de identidad de género de las personas transexuales al permitirles solicitar el cambio de sexo en sus DNI.

La abogada afirmó que el procedimiento se inicia en el juzgado de paz letrado de la jurisdicción donde vive el solicitante. “El juez va a acreditar que esa persona efectivamente es transexual y va a reconocer su identidad de género”, dijo Gutiérrez a Radio Exitosa.

Este proceso, que según la sentencia del TC debe ser sumario, se prolonga hasta tres meses en promedio. Con la resolución del juzgado de paz el solicitante podrá realizar el trámite de cambio de sexo en su DNI ante el Reniec.

La especialista explicó que durante el proceso no se puede exigir al solicitante que se realice alguna cirugía de modificación corporal. Destacó que este punto no se ha incluido en la sentencia, pero que los fundamentos de voto de los magistrados Marianella Ledesma y Eloy Espinoza-Saldaña así lo sostienen.

“Señalan que no es exigible y no debería serlo alguna modificación corporal para acceder al derecho”, sostuvo.

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