El Pleno del Congreso de la República aprobó el pasado viernes el Proyecto de Ley 3747, que precisa los alcances de los artículos 3º y 66º de la Ley General de cooperativas, reconociéndose que entre el socio y su cooperativa, no se realizan actos mercantiles, sino que estos son considerados actos cooperativos, en virtud de ello están inafectas al impuesto a la renta y al impuesto general a las ventas.
Además, esta norma pondrá fin a la injusta doble tributación que se les aplicaba a las cooperativas. Esta iniciativa ha sido bien recibida en la región Ayacucho.
ORLANDO CAICEDO

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