Lima. A partir de hoy el transporte interprovincial público de carga y pasajeros podrá pedir la devolución del 30 por ciento del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) que forme parte del precio de venta del petróleo diesel que consumen, beneficio que tendrá una vigencia de tres años.
Ello luego que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó ayer el reglamento de la Ley que establece medidas para promover la formalización del transporte interprovincial de pasajeros y de carga, el cual entra en vigencia hoy.
La citada ley dispone que se otorgue a los transportistas que presten el servicio de transporte terrestre público interprovincial de pasajeros y el servicio de transporte público terrestre de carga, por el plazo de tres años contados desde la vigencia del reglamento de dicha ley, el beneficio de devolución por el equivalente al 30 por ciento del ISC que consumen.
El reglamento publicado ayer establece el procedimiento, requisitos, plazos para la devolución, así como la forma para determinar el volumen del combustible sujeto al beneficio.
Para ello se consideran ratios de consumo de años anteriores, tipo de vehículo, las rutas que desarrollan, kilómetros recorridos e ingresos netos del mes por concepto de servicios de transporte sujetos al beneficio, entre otros.
El reglamento también considera los mecanismos que eviten el traslado de dicho beneficio a sujetos no comprendidos en los alcances de la ley.
Según el reglamento, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) podrá requerir al transportista la documentación, información y registros contables que sustenten la solicitud de devolución, los cuales deberán ser puestos a disposición de dicha entidad en la fecha y lugar que ésta señale.
ANDINA
:quality(75)/arc-anglerfish-arc2-prod-elcomercio.s3.amazonaws.com/public/XA3GDJOFXJDCPL3CXRKONDKNUU.jpg)
Sector transporte podrá
pedir devolución del ISC
NO TE PIERDAS

