TC falla a favor de Torres y le anula su condena
TC falla a favor de Torres y le anula su condena

Con cuatro votos a favor y tres en contra, el Tribunal Constitucional (TC) decidió - por mayoría - anular la condena que el Poder Judicial le impuso al alcalde de Chiclayo, Roberto Torres Gonzáles, tras hallarlo culpable del delito de peculado de uso al comprobarse que sus hijos utilizaban un vehículo edil para fines personales.

De acuerdo a la sentencia del TC, que obra en el expediente 4298-2012, los magistrados Carlos Mesía Ramírez, Ricardo Beaumont Callirgos, Gerardo Eto Cruz y Ernesto Álvarez Miranda señalan que en el fallo condenatorio de la Segunda Sala Penal de Apelaciones, emitido el 22 de mayo del 2012 contra la autoridad edil, se ha afectado el debido proceso al carecer de motivación, motivo por el cual dispone al Colegiado emitir una nueva sentencia.

LAS RAZONES. Los magistrados en mención reconocen en su resolución los jueces superiores de la Segunda Sala de Apelaciones realizaron una correcta interpretación de lo significa el delito de peculado de uso, tipificada en el artículo 388 del Código Penal.

Sin embargo - según su resolución - consideran que la condena de 2 años de prisión suspendida dictada contra Roberto Torres tiene una "motivación insuficiente", debido a que no explican por qué el hecho de que Torres Gonzáles traslade a sus hijos al Jockey Club en un vehículo de la municipalidad debe entenderse como "uso familiar" del vehículo del Estado.

FALLO FORZADO. Por otro lado, el presidente del TC, Óscar Urviola Hani, así como los magistrados Fernando Calle Hayen y Juan Vergara Gotelli, dejaron en claro que el Tribunal Constitucional no debió cuestionar el fallo de la Segunda Sala Penal de Apelaciones, al no haberse vulnerado ningún derecho constitucional, con lo cual dejaron entrever que la resolución que favorece a Roberto Torres fue forzada.

"NO PROCEDE". En ese sentido, Juan Vergara Gotelli precisa en su fallo dirimente que la intención de Roberto Torres al acudir en la vía constitucional para que se realice un reexamen de su sentencia condenatoria "no procede", toda vez que son asuntos que le corresponden ser dilucidados en la vía penal; y por lo tanto "escapan del control y competencia del juez constitucional".

Advierte, además, que el Tribunal Constitucional solo puede intervenir cuando se evidencia la violación a los derechos de materia constitucional; sin embargo -precisa- "esto no ha ocurrido en este caso".

En la misma línea se pronunciaron los magistrados Óscar Urviola y Calle Hayen, quienes señalaron que no se advierte una transgresión a los derechos constitucionales en la sentencia condenatoria que emitió la Segunda Sala de Apelaciones contra el alcalde de Chiclayo, Roberto Torres Gonzáles.

Ahora la suerte de Roberto Torres queda en manos de la Segunda Sala Penal de Apelaciones, integrada por los jueces superiores Hugo Núñez Julca, Óscar Burga Zamora y Wilson Medina Medina.