Trabajadores tendrán licencia por salud
Trabajadores tendrán licencia por salud

La nueva Ley 30012, publicada ayer en el diario oficial El Peruano, establece que todo trabajador de la actividad pública o privada que tenga un familiar directo diagnosticado en estado grave o que sufra un accidente que ponga en riesgo su vida, tendrá derecho a una licencia de siete días con goce de haber para asistirlo.

La norma, promulgada por el Congreso de la República, se aplicará cuando el familiar directo enfermo sea el hijo del trabajador, el padre o la madre, el cónyuge o el conviviente, en estado grave o terminal, o si su vida se halla en riesgo.

MÁS DÍAS. De ser necesarios más días de licencia, estos serán concedidos por un lapso adicional no mayor de 30 días, a cuenta del derecho vacacional, añade la ley, que lleva la rúbrica del presidente del Congreso, Víctor Isla.

Si existiese una situación excepcional que haga ineludible la asistencia al familiar enfermo fuera de los plazos ya indicados, se podrán compensar las horas utilizadas para dicho fin con horas extraordinarias de trabajo, previo acuerdo con el empleador.

COMUNICARLO. Para lograr este derecho, el trabajador debe comunicar al empleador dentro de las 48 horas de producido o conocido el suceso, adjuntando el certificado médico suscrito por el profesional de la salud autorizado con el que se acredite el estado grave del familiar directo.

La norma indica que el Ejecutivo reglamentará la ley en un plazo no mayor de 30 días hábiles desde su entrada en vigencia.

Esta norma ha generado mucha inquietud en el sector empresarial, que espera la publicación del reglamento para poder pronunciarse y ver el impacto que pueda tener en el país.

Los beneficios obtenidos por los trabajadores sobre la presente materia, por decisión unilateral o por convenio colectivo, se mantendrán vigentes en cuanto sean más favorables a ellos.