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Hoy la Comisión de Constitución del Congreso de la República aprobó con 6 votos a favor, 0 en contra y 3 abstenciones las causales de cancelación de inscripción de un partido político. 

Cancelación

1. Se podrá cancelar la inscripción de un partido si este no alcanza al menos 5 representantes al Congreso y el 5% de los votos válidos a nivel nacional en el último proceso de elección general. 

2. Si el partido no participa en elecciones de alcance nacional o en caso retire todas sus listas de candidatos del proceso electoral correspondiente.

3. Cuando el partido político no participe en las elecciones regionales en por lo menos tres quintos (3/5) de las regiones, y en las elecciones municipales, en por lo menos la mitad (1/2) de las provincias y un tercio (1/3) de los distritos a nivel nacional.

4. Si se trata de un alianza, debe alcanzar al menos el 6% de los votos válidos. 

5. A solicitud del órgano autorizado por su estatuto, previo acuerdo de disolución, para lo que se deberá acompañar con los documentos respectivos legalizados.

6. Si se fusionar con otra organización política, según decisión interna adoptada conforme a ley y a su estatuto, para lo que tendrá que acompañarse con los documentos legalizados donde conste el acuerdo.

Suspensión de un partido

1. Si el número de comités en funcionamiento está por debajo del mínimo establecido.

2. La organización política debe mantener a sus afiliados como mínimo 6 meses antes de la fecha límite de la convocatoria a cada proceso electoral.

3. Si incumple con remitir el listado de comités partidarios y la relación actualizada de sus integrantes, conforme a lo establecido en la presente norma.

Renuncia

Asimismo, fue aprobado con 10 votos a favor la desafiliación de un partido político.

Si un afiliado quiere renunciar deberá hacerlo ante la organización política o ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). La organización política debe remitir una copia de la renuncia al JNE. En caso el afiliado se encuentre en el extranjero deberá presentar su renunciar ante el consulado respectivo. El trámite de renuncia es gratuito.

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