La propuesta del Ejecutivo busca proteger a militares y policías en medio de la creciente ola de inseguridad ciudadana.
La propuesta del Ejecutivo busca proteger a militares y policías en medio de la creciente ola de inseguridad ciudadana.

En un esfuerzo por luchar contra la inseguridad ciudadana, el presentó un proyecto que busca endurecer las sanciones por sicariato, extorsión y secuestro, pero añadió una disposición adicional: Que los miembros de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) y la Policía Nacional del Perú (PNP) que sean denunciados durante los estados de emergencia, por actos realizados en cumplimiento de sus funciones, sean investigados y de ser el caso procesados, en el .

Sin embargo, expertos consultados por Correo advierten que esa parte de la propuesta del Gobierno de Boluarte tiene defectos que la llevaría a ser desestimada.

Gustavo Adrianzén anunció su propuesta para que militares y policías sean sometidos al fuero militar en casos de estados de emergencia. (Foto: PCM)
Gustavo Adrianzén anunció su propuesta para que militares y policías sean sometidos al fuero militar en casos de estados de emergencia. (Foto: PCM)

POSTURAS

Para el jurista Enrique Ghersi, la propuesta no es viable porque contraviene la jurisprudencia del (TC).

“Se ha establecido ya repetidamente, no en una sentencia, sino en media docena por lo menos, que el fuero militar es un fuero para delitos de función y no corresponde para delitos comunes”, dijo.

Desde su punto de vista, el Gobierno intenta proteger a los militares y policías. Sin embargo, pasaron por alto la existencia de precedentes.

“No tengo dudas de que va a ser inaplicable, que cuando los casos se vean en la justicia se aplique un control difuso o que los casos lleguen al TC. Creo que el cambio es equivocado”, precisó.

Para el jurista Enrique Ghersi, la propuesta no es viable porque contraviene la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC). (Foto: César Bueno)
Para el jurista Enrique Ghersi, la propuesta no es viable porque contraviene la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC). (Foto: César Bueno)

En el mismo sentido opinó el penalista Andy Carrión, quien consideró que la propuesta no es viable por varios motivos. “Creo que el principal problema es que amerita una reforma constitucional integral, porque los tribunales militares están únicamente dedicados a dilucidar infracciones en función, por ejemplo, como el delito de desobediencia”, indicó.

Para Carrión, hacer un cambio del tipo que propone el Gobierno requiere una norma constitucional, una modificación del Código Militar, el Código Procesal Penal y algunas otras normas.

“No es tan sencillo como decir que ahora todos los delitos comunes cometidos por policías y militares se van a dilucidar en el fuero militar”, apuntó.

Los expertos coinciden en que ya existe precedentes en el Tribunal Constitucional respecto al tema.
Los expertos coinciden en que ya existe precedentes en el Tribunal Constitucional respecto al tema.

El penalista recordó que no solo existe jurisprudencia en el TC sobre el tema, sino que también la Corte Interamericana de Derechos Humanos se pronunció al respecto en alguna oportunidad.

Por su parte, el penalista Daniel Jurado consideró que los delitos comunes cometidos en funciones por militares y policías, no cumplen las condiciones necesarias para pasar de un fuero civil a uno militar.

“En principio, los delitos comunes no están comprendidos en el fuero militar. Los delitos cometidos en función son muy distintos a los delitos comunes”, precisó.

El experto dijo que el extremo de la norma propuesto por el Gobierno está mal planteado.

“Lo que se quiere hacer con esta disposición es modificar las competencias establecidas en el Código Procesal Penal y eso no se puede admitir, porque en realidad los hechos cometidos en un fuero civil tienen que ser juzgado en ese fuero, por el Poder Judicial”, agregó.

El Gobierno decretó 60 días de estado de emergencia en varios distritos de Lima Metropolitana.
El Gobierno decretó 60 días de estado de emergencia en varios distritos de Lima Metropolitana.

PROPUESTA

Entonces, ¿cómo se podría otorgar una mayor protección para que los militares y policías puedan realizar sus funciones sin temor a ser investigados y/o sancionados en el sistema de justicia? Para el jurista Ghershi el camino correcto es desviar a los policías y militares de la jurisdicción ordinaria.

“Debería regresarse a la norma original que establecía que los policías y militares, en el ejercicio regular de sus funciones, incluyendo el estado de emergencia, no eran susceptibles de persecución penal”, recomendó.

Sostuvo que los policías y militares deberían tener una protección legal, tal como sucede con las mismas autoridades alrededor del mundo.

Agregó que la norma podría ser planteada por el Ejecutivo o el Congreso.

“Solamente cuando hubiese un abuso policial de magnitud, podrían ser procesados. Porque en la actualidad, la Policía carece de protección legal”, señaló.

Dina Boluarte aseguró que combatirán la delincuencia con "mano dura". (Foto: Presidencia)
Dina Boluarte aseguró que combatirán la delincuencia con "mano dura". (Foto: Presidencia)

Al respecto, el penalista Carrión indicó que de existir una norma que brinde protección a policías y militares tal como lo propone Ghersi, esta debería ser muy específica para evitar arbitrariedades.

“La norma tendría que ser bastante detallada sobre los operativos”, dijo.

Consideró que lo que podría existir es un ajuste en la norma de la legítima defensa en el caso de policías y militares, porque son los que están en la lucha contra la delincuencia.

“Creo que ahí sí podría ser posible, que en la legítima defensa y por un elemento más de función, que el juez evalúe la razonabilidad y reacción de la Policía”, apuntó.

Mientras que para el penalista Jurado, el marco legal que orienta las funciones de la Policía y de las FF.AA., ya está claramente delimitado, es decir, que ya existen límites para su actuación.

“Hay límites para su intervención y esos límites son precisamente los derechos fundamentales”, dijo.

Consideró que si se flexibiliza ese aspecto, se podría incurrir en situaciones inconstitucionales que en lugar de favorecer la lucha contra el crimen, terminará generando abuso de autoridad.

“Si es que modificamos ese marco, se pueden hacer precisiones y flexibilizar un poco, sí, pero no podríamos dejar impune actuaciones excesivas de las FF.AA. o de la PNP por el hecho de que haya dictado un estado de emergencia”, sostuvo.

Finalmente, recordó que existen normas en el Perú que eximen de responsabilidad penal a quien actúa en legítima defensa.

VIGENCIA

El Fuero Militar Policial, previsto en el artículo 173 de la Constitución, es un órgano jurisdiccional autónomo, independiente e imparcial. Es competente únicamente para juzgar los delitos de función.

Los delitos de función se encuentran tipificados en el Código de Justicia Militar Policial, por ejemplo, están los delitos contra el servicio de seguridad.

“El militar o policía que desobedece a la orden de un centinela, vigía o personal nombrado para desempeñar algún servicio de seguridad militar o policial, siempre que afecte de manera grave al servicio o misión que cumple, será sancionado con pena privativa de la libertad no menor de seis meses ni mayor a dos años”, reza uno de los delitos tipificados en la norma.

Cabe precisar que el mencionado código establece una lista extensa de delitos que abarcan además de los precisados (ver infografía), al menos unos 47 más.

El código también establece la pena de muerte por traición a la patria en caso de guerra exterior, pena privativa de la libertad, pena limitativa de los derechos (degradación, expulsión de las FF.AA. o la Policía, separación temporal o absoluta del servicio e inhabilitación), trabajo comunitario en instalaciones militares o policiales y, finalmente, multa.

El código señala que “ningún militar o policía podrá ser investigado, juzgado o sancionado por un acto u omisión que no esté previsto como delito de función militar o policial por la ley penal vigente, con excepción de los delitos comunes”.

Por ahora, la propuesta del Ejecutivo está en manos del Congreso.

Estos son algunos delitos juzgados en el fuero militar. (Infografía: Diario Correo)
Estos son algunos delitos juzgados en el fuero militar. (Infografía: Diario Correo)