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TC declaró improcedente hábeas corpus que presentó Alejandro Toledo contra investigación

El tribunal se pronunció sobre un recurso que había presentado la defensa del expresidente contra el proceso que se sigue en su contra por presunta colusión en el caso Odebrecht
Alejandro Toledo permanece en Estados Unidos afrontando un proceso de extradición desde Estados Unidos. (Foto: GEC)

Redacción Diario Correo

Actualizado el 24/02/2021, 04:53 p.m.

El Tribunal Constitucional (TC) publicó hoy un fallo en el cual deciden rechazar una medida de hábeas corpus que había presentado la defensa del expresidente Alejandro Toledo, en la cual planteaban anular la decisión judicial que permitió que siga siendo investigado por el presunto delito de colusión en el caso Odebrecht.

El documento se pronuncia sobre el recurso que presentó el 16 de octubre del 2018 el abogado de Toledo Manrique, Roberto Su, en contra de los jueces Richard Concepción Carhuancho en primera instancia y lo integrantes de la Sala Penal de Apelaciones en segunda instancia del Poder Judicial.

El hábeas corpus pide anular dos resoluciones del 13 de noviembre del 2017 y 22 de enero del 2018 en las que se rechaza su pedido de excepción de improcedencia de acción, medida con la cual la defensa buscaba apartar de las investigaciones por colusión al expresidente por presuntas coimas que pagó Odebrecht a favor de Alejandro Toledo a cambio de ganar las licitaciones de la carretera Interoceánica.

“(Alejandro Toledo) no es sujeto activo del delito de colusión, porque no tiene deberes específicos ni intervención funcional en el proceso de contratación del Estado, que las concesiones son competencia exclusiva del Consejo Directivo de Proinversión y su comité especial”, planteó la defensa.

El TC evaluó que un hábeas corpus puede proteger el debido proceso, siempre y cuando haya alguna medida que afecte negativamente la libertad personal de la persona implicada, algo que no ocurre en este caso por tratarse de resoluciones judiciales que no restringen ninguna libertad de Alejandro Toledo.

“Dado que la reclamación del recurrente no está referida al contenido constitucionalmente protegido del derecho tutelado por el hábeas corpus, resulta de aplicación el artículo 5, inciso 1 del Código Procesal Constitucional (causales de improcedencia”, indica el fallo antes de indicar que su conclusión es rechazar esta medida.

El fallo lleva las firmas de cinco de los magistrados del TC con excepción de Ernesto Blume, quien se abstuvo, y de Eloy Espinosa-Saldaña, quien no participó en la audiencia pública por este caso.

Alejandro Toledo seguirá siendo procesado por el delito de colusión.

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