El exalcalde del Callao Alex Kouri Bumachar -condenado a cinco años de prisión por el delito de corrupción de funcionarios- interpuso una demanda, por “concepto de daños y perjuicios y daño moral”, contra dos magistrados que lo sentenciaron por el caso Convial.
La defensa legal de Kouri presentó este recurso contra los jueces integrantes de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, José Neyra Flores e Iván Sequeiros Vargas.
Según consta en el documento, el exburgomaestre chalaco pretende una indemnización de 50 millones de soles “más los intereses legales, costas y costos procesales” que los demandados deberán pagar a su favor de manera solidaria.
Entre los demandados también figura el Estado peruano, representado por la Presidencia del Consejo de Ministros.
LOS JUECES
El juez Iván Sequeiros Vargas integró la Cuarta Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Lima que el 30 de junio del 2016 rechazó un recurso de prescripción de la defensa del exalcalde.En esa fecha, el tribunal condenó por unanimidad a Kouri Bumachar, hallándolo responsable del delito de colusión desleal en agravio de la comuna del Callao.
Luego, el 6 de junio del 2017, la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema confirmó por mayoría la sentencia de primera instancia. Esa Sala estaba integrada por el magistrado José Neyra Flores.
Así, el tribunal ratificó la pena efectiva de prisión, el pago de S/26 millones de reparación civil y tres años de inhabilitación de todo cargo público.
RAZONES
La defensa de Kouri responsabiliza a los jueces de haber dictado sentencia en su contra al hacer una incorrecta interpretación de la ley.El abogado de la exautoridad edil recluida en el penal de Piedras Gordas (Ancón) sostiene que las decisiones judiciales fueron arbitrarias, por cuanto no se le aplicó la ley más favorable, violando así “el principio de Retroactividad de la Ley Penal Benigna”.
Es decir, señala que la condena debió ser por colusión simple que sanciona con pena de tres a cinco años de cárcel y no por colusión desleal, que contiene un marco temporal más grave: de tres a 15 años.
Kouri no presentó ninguna demanda contra otros magistrados de la Sala Superior ni Tribunal Supremo.

:quality(75)/arc-anglerfish-arc2-prod-elcomercio.s3.amazonaws.com/public/T4OXTPHPNRFOHPGKS73XLUSWQY.jpg)

