Candidatura de Nadine Heredia se resolverá en el Tribunal Constitucional
Candidatura de Nadine Heredia se resolverá en el Tribunal Constitucional

La supuesta candidatura de la primera dama, Nadine Heredia, a la Presidencia de la República, vuelve a generar polémica, luego de que un abogado del Partido Nacionalista anunciara que llevará el tema al Tribunal Constitucional.

El letrado Jesús Gonzalo Barboza Cruz, de la Asociación de Profesionales y Técnicos Nacionalistas del Perú, anunció que presentará una acción de amparo ante el Poder Judicial "para que resuelva vía Tribunal Constitucional" la posibilidad de que Nadine postule en el 2016.

"Terminado el proceso administrativo, vamos a recurrir al Poder Judicial para que a través del TC se pronuncie respecto al artículo 2.2 de la Constitución Política, que habla de la igualdad ante la ley, ya que el Jurado Nacional de Elecciones no se ha pronunciado", explicó en una entrevista radial.

El abogado hizo el anuncio luego de conocer que el JNE declaró ayer "infundado", mediante Resolución 090-2014-JNE, el recurso de apelación interpuesto por Barboza Cruz, el pasado 3 de febrero, contra la decisión del órgano electoral de no poder atender su pedido de declarar inaplicable el artículo 107 de la Ley Orgánica de Elecciones, que impide postular a Nadine Heredia a la Presidencia de la República.

INSISTENCIA. El mencionado abogado nacionalista presentó su apelación contra un oficio de la Secretaría General del JNE, mediante el cual se le informó que el JNE no se puede pronunciar sobre una "hipotética candidatura" para las elecciones generales de 2016. El organismo electoral basó su respuesta en un informe jurídico que señalaba que en el caso de Heredia, el órgano electoral solo puede pronunciarse dentro de un proceso electoral.

La Resolución 090-2014-JNE desestimó el recurso de apelación y, además, ratifica que es "improcedente" el pedido para que declare inaplicable el artículo que impide postular a la Primera Dama.

Como se recuerda, Barboza Cruz demandaba que, a través de una resolución administrativa, el JNE declarase inaplicable el artículo 107° de la Ley Orgánica de Elecciones para el caso de Nadine Heredia. Este artículo impide al cónyuge y a otros familiares del Presidente de la República ser candidatos a ese cargo.

TRIBUNAL. Entre los argumentos del colegiado, se indica que el abogado pretendía que el pleno del JNE realice un "control abstracto" de constitucionalidad del artículo 107 de la Ley Orgánica de Elecciones, sin embargo el camino idóneo -señala el documento- para dilucidar una pretensión de ese tipo es el proceso de inconstitucionalidad.

"De conformidad con lo dispuesto en el artículo 202, numeral 1 de nuestra Carta Magna, le corresponde al Tribunal Constitucional dar a conocer en instancia única", señala.

Barboza Cruz insistió en que el tema de la postulación de Nadine obedece a una motivación personal y de la asociación que preside, pero agregó que en dicha decisión no ha participado Nadine Heredia ni el presidente Ollanta Humala.

"Ninguna estructura orgánica tiene algo que ver en esto, nadie del partido. A mí nadie me ha dado una consigna. Se trata de una motivación institucional para que no se vulneren los derechos de una persona", comentó.

En julio pasado, la Primera Dama aseguró que no postularía a la Presidencia, tal como se había especulado. "Voy a ser muy clara: niego la posibilidad de postular en el 2016, porque la institucionalidad dentro de una democracia es necesaria e indispensable para que el Perú pueda desarrollarse".