Esta tarde, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró infundados los recursos de casación interpuestos por Keiko Fujimori, su esposo Mark Vito Villanella y el partido Fuerza Popular.
En primer lugar, el tribunal supremo se pronunció sobre el recurso planteado por la defensa del partido fujimorista por el caso Aportes 2011.
Seguidamente, hizo lo propio con el recurso de la hija del expresidente y su cónyugue por el caso Cócteles.
Las defensas alegaban que el fiscal José Domingo Pérez a cargo de las investigaciones no justificó que ambos casos sea adecúen a la Ley contra el Crimen Organizado, lo que permite una amplación de las pesquisas por 36 meses.
No obstante, el tribunal supremo determinó que el representante del Ministerio Públicó sí mostró elementos de convicción para que se justifique dicho pedido, teniendo en cuenta que se trataría de una presunta organización criminal dedicada al lavado de activos.
Asimismo, la sala valoró que estas investigaciones comprenden complejidad y limitar el plazo de la investigación fiscal, en plazo preliminar, sería acortar la facultad del Ministerio Público de perseguir el presunto delito.
Fechas
De otro lado, el colegiado supremo que preside la magistrada Elvia Barrios recordó que el caso Aportes 2011 vence el próximo 19 de octubre.Para dicha fecha, el fiscal Pérez deberá emitir un pronunciamiento de fondo: formalizar investigación o archivar el caso.
Sobre Cócteles, las pesquisas preliminares vencen aún el próximo 7 de marzo del 2019.
En el caso del partido fujimorista, Juan Carlos Alarcón, el abogado, señaló que la Fiscalía en su investigación contra el partido naranja, no ha realizado actos urgentes de investigación que presenten indicios sobre la responsabilidad del partido del delito que se le atribuye.
Por el lado de Fujimori Higuchi, su abogada, Giuliana Loza, argumentó que la Fiscalía no fundamentó la adecuación de la investigación contra su patrocinada bajo la ley de crimen organizado.
Parte de la demanda de los abogados de Keiko Fujimori y Fuerza Popular es que, de declararse fundada la casación que interponen, que el fiscal José Domingo Pérez, cuyo despacho lleva la investigación, emita un pronunciamiento de fondo: formalizar ambos casos o, en su defecto, archivarlos.