Tras la aprobación del Congreso de la República de la ley que permite a la presidenta de la República, Dina Boluarte, viajar al exterior y despachar de forma remota desde donde se encuentre, el Poder Ejecutivo oficializó dicha norma.
LEE TAMBIÉN: Mesa Directiva aprobó elaboración de un retrato para Lady Camones como expresidenta del Congreso
“En caso de que el presidente de la República deba salir del territorio nacional y no haya vicepresidentes en ejercicio, de manera excepcional, el presidente de la República se mantiene a cargo del despacho presidencial empleando tecnologías digitales. Es obligatoria la implementación de mecanismo de seguridad digital para el uso de dichas tecnologías”, indica en la resolución publicada en El Peruano.
Asimismo, se detalla que, para el caso establecido en el párrafo 8-A.3, la solicitud de autorización de salida del territorio nacional al presidente de la República contiene la justificación de la urgencia y necesidad de la gestión del despacho de la Presidencia de la República a través de tecnologías digitales y la garantía de la seguridad de los medios a emplearse.
“El Congreso de la República evalúa la particularidad de cada caso”, se detalla en el artículo 8-A de la modificación a la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.
La oficialización de la norma lleva la firma del presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, así como de la presidenta de la República, Dina Boluarte, quien ahora podrá viajar al exterior sin que tenga impedimento.
TE PUEDE INTERESAR
Héctor Ventura: “Tentáculos de la gestión nefasta de Pedro Castillo siguen en el Estado”
Perú Libre presenta proyecto de ley para nuevo retiro de CTS ¿cuáles son los argumentos?
Proyecto de ley plantea incorporar a bomberos voluntarios en servicios de seguridad ciudadana
Jorge Montoya: “Hay más cómplices del golpe de Estado de Pedro Castillo que no han salido a la luz”