- Ministerio Público pide suspender aplicación de ley que elimina prisión preventiva
- El Poder Judicial solo podrá dictar detención preliminar en casos de flagrancia
El ministro de Justicia, Eduardo Arana, anunció que su sector evaluará la ley que elimina la detención preliminar sin flagrancia, y emitirá un informe para determinar si corresponde realizar una modificación a la norma.
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Más temprano, el vocero del Ministerio Público (MP), Víctor Cubas, cuestionó la promulgación de la Ley 32181, que reforma el nuevo Código Procesal Penal y deroga la detención preliminar en casos donde no exista flagrancia; y señaló que la medida permitiría que la norma no tenga efecto inmediato mientras se evalúan sus implicancias en la lucha contra la delincuencia.
“Hago un llamado no para que se derogue la ley de inmediato, sino para que se declare un periodo de vacatio legis; que la ley siga promulgada, pero que no surta efecto mientras no se examine, eso es duro golpe en la lucha contra la seguridad ciudadana”, señaló.
Tras ello, el ministro Eduardo Arana, dijo en RPP “vamos a analizar la pertinencia de esta norma y, si consideramos pertinente, haremos la propuesta o modificación”.
El ministro dijo que el MP debió advertir los riesgos de la normativa antes de que sea promulgada. “¿Por qué esperar a que salga la norma y no alertar en su momento que hay una norma que tiene este propósito?”, indicó.
Refirió que cuando su sector recibió la autógrafa de la Ley 32181, tras la aprobación en el Congreso, se determinó que se encontraba dentro del “marco de la Constitución”, por lo que no realizaron observaciones.
Agregó que la Fiscalía de la Nación tiene la potestad de iniciar una acción de inconstitucionalidad contra la Ley 32181.
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