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El Ministerio Público solicitó que se revoque la resolución judicial que archivó el delito de asociación ilícita imputado al expresidente Ollanta Humala, a su esposa Nadine Heredia y a un grupo de exministros, en el marco del proceso penal que afrontan por el caso Gasoducto Sur Peruano, vinculado a la constructora Odebrecht.
La Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos —Sexto Despacho— interpuso un recurso de apelación contra la resolución emitida el pasado 3 de julio por el juez Leodan Cristóbal Ayala. En ella, el magistrado declaró “fundada” la excepción de improcedencia de acción presentada el 19 de setiembre de 2025 por la defensa del exministro Luis Miguel Castilla, con la que solicitó el “sobreseimiento” o “archivo” del delito de asociación ilícita a favor de su patrocinado.
Además, el juez dispuso que los efectos de esta decisión se extendieran al expresidente Ollanta Humala, a su esposa Nadine Heredia y a un grupo de exministros implicados, por lo que también ordenó archivar el delito de asociación ilícita que la Fiscalía les atribuye en el caso Gasoducto Sur Peruano.
Dicha instancia fiscal sostiene que, en este caso, se realizó una interpretación incorrecta del artículo 7 del Código Penal al aplicar de manera retroactiva una definición legal. Asimismo, alega que la resolución presenta un vicio trascendental en la debida motivación de las decisiones judiciales y vulnera el principio implícito de seguridad jurídica.
En ese sentido, la Fiscalía solicita que la instancia superior revoque la resolución impugnada y, reformándola, declare infundada la excepción de improcedencia de acción. De manera accesoria, pide que se declare la nulidad de la resolución apelada y se emita un nuevo pronunciamiento.
Por su parte, el expresidente Ollanta Humala y su esposa, Nadine Heredia, también interpusieron recursos de apelación para que se anule el extremo de la resolución del juez Leodan Cristóbal Ayala que dispuso que continúen vinculados al proceso especto al “objeto civil”. En concreto, cuestionan que permanezcan sujetos a la eventual determinación del pago de una reparación civil por los presuntos daños y perjuicios derivados del delito de asociación ilícita en agravio del Estado.
La decisión del magistrado se sustentó en lo dispuesto por el artículo 12.3 del Código Procesal Penal y en la doctrina legal desarrollada en el Acuerdo Plenario N.° 4-2019.
La defensa del expresidente y de Nadine Heredia sostiene que la resolución vulnera el deber de motivación de las decisiones judiciales, al presentar una motivación aparente o inexistente respecto a la continuidad del objeto civil por el delito de asociación ilícita. Asimismo, cuestiona que el juzgado de investigación preparatoria haya considerado que no podía pronunciarse sobre ese extremo.
En ese contexto, la defensa del expresidente Ollanta Humala y de Nadine Heredia solicita que la instancia superior declare la nulidad del extremo de la resolución apelada y ordene al juez emitir un nuevo pronunciamiento, al considerar que vulneró el deber de motivación de las resoluciones judiciales.
Ante ello, el juez Leodan Cristóbal Ayala resolvió el pasado 21 de julio “conceder” los tres recursos de apelación y remitirlos a la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional. Si esta instancia los admite a trámite, deberá programar una audiencia virtual con la participación de las partes procesales para evaluar los pedidos y emitir una decisión en los próximos días.
El juez Leodan Cristóbal Ayala declaró “fundada” la excepción de improcedencia de acción al aplicar la Ley N.° 32108, que establece que los denominados “delitos fin” del delito de organización criminal deben tener una pena mínima superior a seis años de prisión. El magistrado consideró que esta norma también debía aplicarse a hechos ocurridos antes de su entrada en vigor, en virtud del principio de favorabilidad y de la retroactividad benigna en materia penal.
El juez Leodan Cristóbal Ayala dispuso reanudar la audiencia de control de la acusación fiscal por el caso Gasoducto Sur Peruano con la evaluación de las solicitudes de excepción de improcedencia de acción presentadas por los investigados, quienes buscan que se archive el delito de colusión agravada que el Ministerio Público también les atribuye en este proceso penal.
La fiscal Geovana Morí, integrante del Equipo Especial para los casos Odebrecht y Lava Jato, pidió 35 años de prisión para Ollanta Humala y Nadine Heredia, al acusarlos de los presuntos delitos de asociación ilícita y colusión agravada en perjuicio del Estado peruano.
La magistrada también solicitó penas de entre 9 y 35 años de prisión para otras 21 personas, entre ellas los exministros Luis Miguel Castilla, Eleodoro Mayorga, René Cornejo y Carlos Paredes, así como el exsuperintendente de Odebrecht en el Perú, Jorge Barata. Asimismo, en este proceso penal, tres empresas fueron comprendidas como terceros civilmente responsables.
El Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional condenó el 15 de abril de 2025 al expresidente Ollanta Humala y a Nadine Heredia a 15 años de prisión por el delito de lavado de activos en agravio del Estado. La sentencia se dictó por los presuntos aportes ilícitos que habrían financiado las campañas presidenciales de Humala en 2006 y 2011.
Actualmente, el exmandatario cumple la condena en el Establecimiento Penitenciario Barbadillo, en Ate, mientras que Nadine Heredia se encuentra en Brasil, donde recibió asilo otorgado por el Gobierno de ese país.
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