La decisión del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) de desestimar las firmas recolectadas contra la revocatoria de la alcaldesa de Lima, Susana Villarán, por un error de plazo al que sus funcionarios han contribuido, generó ayer reacciones diversas.

Vayamos por partes. Todo comenzó cuando el Reniec le informó a los revocadores que el lote de 400 mil firmas presentadas el 6 de julio del 2012 ingresó fuera del plazo legal.

Sostuvo que el plazo final venció el 5 de julio del 2012, es decir, un día antes.

EL DOCUMENTO. Sin embargo, el documento oficial consigna con la mayor claridad la fecha 6 de julio como plazo final.

Dicho documento es firmado por el funcionario y abogado Miguel Ángel Abanto Cruz, subgerente de Actividades Electorales del Reniec.

Se trata de la carta N°059-2012/GOR/SGAE/RENIEC, con fecha 3 de julio del 2012, que lleva la rúbrica del citado funcionario.

"En ese sentido, habiendo culminado el procedimiento de verificación de firmas del primer lote el día 23 MAY 2012, el plazo de 30 días para completar el número de adherentes requerido vence el día 06 JUL 2012", dice con absoluta claridad la carta firmada por Abanto Cruz al promotor de la revocatoria Carlos Vidal Vidal.

Los promotores sostienen que el Reniec reconoció este error, pero se lavó las manos e informó que los revocadores no completaron las firmas necesarias.

EL PRIMER ERROR. Todo empieza cuando los revocadores recibieron el acta de entrega de verificación de resultados del primer lote de firmas de fecha 30 de mayo; por tanto, contando los 30 días hábiles otorgados por ley, tenían hasta el 12 de julio para presentar más firmas.

Sin embargo, el 3 de julio Carlos Vidal Vidal (representante legal de los promotores) y Boris Alegría del Águila recibieron una notificación del Reniec donde se les indicaba que el plazo para entregar sus últimas firmas vencía el viernes 6 de julio y no el 12 de julio. Por ello, acudieron el mismo viernes para presentar un cuarto lote con 411 mil 221 firmas. Con esa cantidad, la revocatoria parecería inminente, pues ya contaban con 340,969 validadas por el Reniec y solo necesitaban 59,031 firmas para alcanzar las 400 mil requeridas.

SIN FIRMAS. Todo parece indicar que en los momentos más oportunos los funcionarios del Reniec suelen "equivocarse".

Y es que el pasado 13 de julio el Reniec y la oficina encargada de las Actividades Electorales de dicho organismo, a cargo de Carlo Magno Salcedo, les expidieron otra carta (Nro.248-2012/GOR/SGAE/RENIEC) indicándoles que las 411 mil 221 firmas presentadas el viernes 6 de julio no podrían contabilizarse, puesto que fueron presentadas fuera de plazo, ya que este vencía el 5 de julio y no el 6 de julio, como lo indicaron ellos mismo en su anterior notificación (Nro. 059-2012/ GOR/SGAE/RENIEC).

Para justificarse, el Reniec argumentó en esta última carta que por un "error de digitación" consignaron la fecha 6 de julio como fecha límite, y no 5 de julio.

Es decir, en esta nueva carta, además de decirles que sus firmas ya no valían, se excusaban diciéndoles que ante este "error material" ellos no harían nada porque no pueden ir contra las normas ya establecidas.

DEBEN SER VÁLIDAS. Al respecto, el constitucionalista Aníbal Quiroga afirmó que el Reniec deberá validar las firmas entregadas el 6 de julio, pues son ellos los que han incurrido en un error de digitación.

"Cuando un documento público dice algo, y en este caso estamos hablando de fechas, entonces la fecha otorgada por la entidad pública es la válida. Si ellos mismos se equivocaron, aún así se presume como válido, porque se trata de un documento oficial", sostuvo.

Quiroga rebatió el argumento esgrimido por el Reniec aseverando que si bien el error no genera derecho, esto es solamente cuando uno mismo se equivoca e invoca eso a su favor. "Esto no se aplica con respecto a terceros, es decir, cuando la entidad pública se equivoca y perjudica al peticionario", argumentó.

"De ser así -prosiguió-, se estaría dejando en indefensión a cualquier persona, lo cual sería una arbitrariedad que ya el Tribunal Constitucional ha sancionado".

TUTELA. Por su parte, el especialista en derecho municipal Julio César Castiglioni indicó que lo que queda es presentar una apelación y agotar las instancias del Reniec para que el tema sea elevado al Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Exigió que este caso no quede sin sanción, pues no es la primera vez que en el Reniec se cometen este tipo de errores.

"¿Que en el Reniec pasa cualquier cosa? Pues sí pasa, y por ello tendría que haber una sanción para los funcionarios. Mínimo se debería abrir un proceso administrativo interno", demandó.

Fue claro en señalar que el órgano electoral deberá validar las firmas presentadas por los promotores de la revocatoria, dado que al ser un error de la institución pública, la jurisprudencia y la ley indican que el administrado no puede perjudicarse.

"Todo esto está contemplado en el principio de la tutela administrativa. Como dicho órgano ha asumido su error, el Tribunal Constitucional tendría que concluir que, al ser el error material, este tendría que ser corregido por el propio Reniec".

El abogado Natale Amprimo consideró que al ser el Reniec responsable de haber inducido a un error a los promotores de la revocatoria, estos y la ciudadanía en general, no pueden ser perjudicados. Por ello señaló que debe plantearse una acción de amparo.