Ley de JDC favoreció a padre de su asesor
Ley de JDC favoreció a padre de su asesor

No es la primera vez. Y también al primer año. Otro caso de presunto conflicto de intereses originado en un proyecto de ley de Javier Diez Canseco (JDC) ocurrió el 12 de setiembre del 2001, apenas mes y medio después de que el congresista asumiera sus funciones legislativas tras los comicios generales.

JDC, entonces cuarto vicepresidente del Congreso, presentó la propuesta legislativa N° 673-2001-CR, con la cual se benefició el padre de su entonces principal asesor parlamentario Javier Mujica Petit, junto a otros cuatro extrabajadores de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS).

La mencionada iniciativa planteaba la derogatoria del artículo 5 del Decreto Ley 25792. Mediante ese proyecto legislativo se logró cambiar dicho artículo, que impedía que estos cinco jubilados pudieran cobrar su pensión de acuerdo con la entonces aún vigente "cédula viva", la que hacía que un jubilado siempre gane igual que el activo en su puesto.

El propio Mujica Petit, a graciosa iniciativa de JDC y en reemplazo del mismo congresista, sustentó esa propuesta ante la Comisión de Seguridad Social del Parlamento el 1 de octubre del mismo año.

Gracias a todo esto, Javier Mujica Ruiz-Huidobro, progenitor del asesor, pasó de percibir una pensión de cesantía de unos S/.504 mensuales a S/.23,391 cada mes por el mismo concepto, según se desprende de la documentación oficial. ¿Es ético y legal que un asesor promueva iniciativas que benefician a su padre? ¿Y es ético y legal que un congresista permita esto? ¿Hubo aquí tráfico de influencias? ¿Patrocinio ilegal?

VIEJOS CLIENTES. Un antecedente relevante del caso es que desde 1992 el referido asesor de JDC había patrocinado legalmente ante otros entes a varios extrabajadores de la SBS por estos temas pensionarios.

Por coincidencia, entre esos pensionistas ya se encontraba su padre, Javier Mujica Ruiz-Huidobro. Una evidencia de esta afirmación es que Mujica Petit aparece como representante de su progenitor en una demanda contra la SBS que interpuso ante el Tribunal Constitucional en julio de 1998.

Incluso existen indicios de que mientras laboró para JDC en el Congreso como asesor (o sea, funcionario público), Mujica Petit patrocinó intereses particulares contra el propio Estado al que servía por el mismo caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), de acuerdo con documentos de ese organismo supranacional.

En una sentencia de la CIDH de febrero del 2003, aparece que el 4 de diciembre del 2001 la ONG Centro de Asesoría Laboral del Perú (CEDAL) -que promovió la demanda los extrabajadores de la SBS ante esta entidad-habría estado representada por el entonces asesor parlamentario. En aquel proceso, también el nombre de Mujica Petit figura como uno de los apoderados de las presuntas víctimas, poderes cuyas copias fueron remitidas el 22 de abril del 2002. Los poderes originales a favor del asesor de JDC fueron entregados en junio del mismo año. En la referida sentencia, está además como representante de CEDAL por los supuestos agraviados y sus familiares.

El fallo de la CIDH determinó un desembolso, que recibieron, de S/.9'069,000 en total para los defendidos de Mujica Petit, y además pensiones que iban de S/.13,000 a S/.25,000 mensuales. Al padre del asesor de JDC le correspondieron S/.1'979,466.

Mujica Petit, conocido por su cercanía a la izquierda, asesoró a Javier Diez Canseco en el Congreso entre julio del 2001 y junio del 2003, ganando un sueldo mensual de S/.18,396. Cabe enfatizar que un asesor parlamentario posee el status de funcionario público, por lo que cualquier delito que haya cometido tiene el doble de plazo de prescripción penal.

MÁS DE UN MILLÓN. De la totalidad del monto, el propio Javier Mujica admitió ante la prensa y una comisión congresal que él y su socio recibieron el 15% por concepto de honorarios como abogados, es decir, unos jugosos S/.1'350,000, que salieron del Estado.

EL PROCEDIMIENTO. La Comisión de Ética del Legislativo recogerá hoy los descargos del congresista Javier Diez Canseco en el marco de la investigación que se le sigue por el polémico proyecto de ley que presentó sobre el canje de acciones de inversión, que habría beneficiado al citado legislador y a sus familiares.

De acuerdo con el reglamento interno del citado grupo de trabajo parlamentario, luego de escuchar las explicaciones del congresista investigado, la comisión tiene hasta 20 días, con la posibilidad de ampliar el plazo hasta un mes, para desarrollar las audiencias del caso, incluidas las citaciones a otras personas implicadas.

El legislador de Fuerza 2011 y miembro titular de la Comisión de Ética, Juan Díaz Dios, explicó que es muy probable que ese grupo de trabajo invite a un especialista en temas bursátiles para ahondar en las investigaciones del caso.

"Los parlamentarios no somos especialistas en compra y venta de acciones y ese tipo de temas. Vamos a requerir de técnicos que nos ilustren. Imagino que el señor Diez Canseco sí lo es, ya que ha presentado un proyecto de ley en ese sentido. Vamos a ver qué nos dice sobre esto", señaló a Correo.

Asimismo, el parlamentario comentó que ha pedido formalmente a la Comisión de Ética que se requiera a Diez Canseco el levantamiento de su secreto bursátil, ya que la investigación del tema lo amerita.

"Si el congresista Diez Canseco no tiene nada que esconder, su presencia en la comisión será una gran oportunidad para que le demuestre al país y acceda a levantarse el secreto bursátil", expresó.

Luego de cerrada la etapa de las audiencias, la comisión tiene 20 días para elaborar su informe final, ya sea absolutorio o acusatorio.